Investigación

La Audiencia Nacional manda reabrir el caso del robo la tarjeta del móvil de Dina Bouselham

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha mandado reabrir la causa sobre la sustracción de la tarjeta del móvil de Dina Bouselham, que fue asesora del exlíder de Podemos Pablo Iglesias.

Según informó este viernes la Audiencia, la Sala de lo Penal revoca el auto de pase a procedimiento abreviado en la pieza del ‘caso Tándem’ que acordó el titular del Juzgado de Instrucción número 6, Manuel García-Castellón.

La Sala de lo Penal ordena a García-Castellón que tome declaración a Bouselham, a su pareja y al ex director adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional Eugenio Pino, tal y como pedía la Fiscalía Anticorrupción.

Los magistrados dan estas instrucciones al resolver en cinco autos los recursos presentados por la Fiscalía Anticorrupción, Iglesias, Bouselham, el comisario jubilado José Manuel Villarejo y los periodistas de ‘Interviú’ Alberto Pozas y Luis Rendueles. Estas partes recurrieron el auto de García-Castellón en el que propuso juzgar a los tres últimos y envió una exposición razonada al Tribunal Supremo en relación con la actuación de varios aforados, entre ellos el exlíder de Podemos.

DILIGENCIAS “PROCEDENTES”

En el auto de la Sala de lo Penal de este viernes se estima íntegramente el recurso de la Fiscalía Anticorrupción, al entenderse que las diligencias pedidas por el Ministerio Público son “procedentes a los fines de la instrucción”.

Los jueces explican que, a lo largo de la investigación, Bouselham ha prestado declaración varias veces sobre las capturas de pantalla de su teléfono publicadas por el periódico digital ‘OKdiario’, que, en algunos casos, también habían sido divulgadas por ella.

Pero para agotar la instrucción, añade la Sala de lo Penal, se hace preciso conocer, en la medida de lo posible, el origen de la divulgación por los medios de comunicación desde enero de 2016 de otra información contenida en el teléfono de aquella “que no está en estas circunstancias y a lo que la declaración de ésta podría contribuir”.

En relación con la declaración de la pareja de Bouselham, Ricardo Sa Ferreira, la Audiencia entiende que su declaración podrá servir para explicar algunas lagunas en la información que en su día suministró sobre la sustracción del teléfono y recuperación de la tarjeta.

PAPEL DE EUGENIO PINO

Igualmente, se considera preciso que sea escuchado en calidad de testigo al exmando policial Eugenio Pino con las garantías interesadas por la Fiscalía (al estar investigado en otra pieza) para aclarar la consistencia de las declaraciones realizadas por los investigados Alberto Pozas y Luis Rendueles acerca de que la información que suministraron a Villarejo fue en la creencia de que era en el marco de una investigación policial, habiendo declarado este que compartió dicha información en el seno de su actividad policial en servicios de información.

En relación con los recursos de Iglesias y Bouselham, la Sala los estima igualmente en el sentido de tomar declaración a Pino, si bien desestima otras testificales solicitadas por ambos. Los magistrados de la Audiencia descartan igualmente pronunciarse sobre la exposición razonada enviada por el Juzgado Central de Instrucción 6 al Tribunal Supremo al no ser de su competencia.

En otro de los autos la Sala rechaza el recurso conjunto de los periodistas de la extinta revista ‘Interviú’ contra el auto del instructor que consideraba que debían ser juzgados por delito de revelación de secretos. Los jueces entienden que, en contra de lo argumentado por ambos, el auto de García-Castellón describe los hechos ocurridos con la tarjeta de memoria de Bouselham y la entrega de su contenido a un tercero, actuación tipificada como delito de descubrimiento y revelación de secretos.

Por último, la Audiencia desestima el recurso de Villarejo en el que pedía la reapertura del procedimiento para incorporar los chats aportados por José Manuel Calvente incluidos en una causa tramitada en juzgado de Madrid. “La incorporación al procedimiento de los chats servirá en su caso para valorar la credibilidad o verosimilitud de lo declarado por el testigo que es propia de la fase de juicio oral y podrá interesarse como prueba a practicar en el mismo”, concluyen los jueces.

(SERVIMEDIA)
22 Oct 2021
NBC/clc