GRIPE A. EL GOBIERNO APRUEBA MEDIDAS DE COORDINACIÓN PARA LA PREVENCIÓN ENTRE LOS FUNCIONARIOS

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy la adopción de una serie de medidas en la Administración General del Estado para garantizar la prevención y protección de la salud de los empleados públicos ante la pandemia de gripe A.

Hasta la fecha, bajo la coordinación de los Ministerio de la Presidencia y de Sanidad y Política Social, y para anticipar una respuesta homogénea, cada ministerio ha redactado un "Plan de Actuaciones ante la pandemia de gripe producida por el nuevo virus A" de acuerdo con las indicaciones de las autoridades sanitarias.

Por medio del primero de los acuerdos adoptados hoy, se encomienda a los subsecretarios que supervisen, coordinen y realicen el seguimiento interno de los citados Planes.

Asimismo, se adopta una estructura de coordinación que estará formada por la Comisión de Seguimiento para gestión de crisis de la gripe A, como órgano máximo de coordinación; el Comité Ejecutivo Nacional para prevención, control y seguimiento de la gripe A, formado por representantes de la Administración General del Estado y de Comunidades Autónomas en representación del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que se encargará del seguimiento desde el punto de vista sanitario, y un Comité de Coordinación de los Servicios de la Administración del Estado. Este último estará formado por los Ministerios de la Presidencia, de Sanidad y Política Social, y de Política Territorial.

Por medio del segundo de los Acuerdos, el Consejo de Ministros ha determinado las reglas por las que se regirá la movilidad excepcional y transitoria de los empleados públicos de la Administración para garantizar que, como consecuencia de la Gripe A, no queden desasistidos determinados puestos de trabajo.

A través de este acuerdo, se otorgará especial preferencia a los puestos de atención a los ciudadanos y a los que resulten esenciales para el adecuado funcionamiento de los servicios.

(SERVIMEDIA)
18 Sep 2009
JRN/jrv