Empresas
Las empresas con participación del Estado que se acojan al fondo de rescate no podrán repartir dividendo durante tres años
- El resto de compañías que acudan al fondo tendrán limitado el reparto de dividendo hasta que devuelvan todas las ayudas
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Las compañías participadas por el Estado que se acojan al Fondo de Apoyo a la Solvencia a Empresas Estratégicas no podrán distribuir dividendos durante un plazo de tres años desde la concesión de la ayuda bajo determinados supuestos.
Así se desprende de la orden por la que se establece el funcionamiento del fondo estatal creado por el Gobierno con 10.000 millones de euros para ayudar a empresas estratégicas a encarar la crisis del Covid-19 y que este viernes publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE), después de que fuera aprobado por Consejo de Ministros el pasado martes.
Las empresas que se acojan a las ayudas públicas de este fondo están sujetas a restricciones como la prohibición de distribuir dividendos o adquirir participaciones propias salvo las de titularidad estatal por cuenta del fondo.
En el caso de que el Estado tenga participación en una empresa antes de beneficiarse del fondo y acuda a una ampliación de capital en las mismas condiciones que el resto de socios, la aportación de los socios privados en dicha ampliación sea superior al 30% y la aportación pública suponga "una ayuda estatal por sus especiales circunstancias", la prohibición del reparto de dividendo no se aplicará a las participaciones derivadas de la ampliación de capital ni a las existentes siempre que la cuota de sus titulares tras la ampliación se sitúe por debajo del 10%. “En los demás supuestos, la mencionada prohibición se limitará a un plazo de tres años desde la concesión del apoyo. En todo caso, la remuneración de los instrumentos híbridos y facilidades crediticias con cargo al fondo, se abonarán antes que cualquier dividendo”, según el texto de la orden.
Las empresas beneficiarias del fondo tampoco podrán realizar una expansión comercial “agresiva” financiada por las ayudas públicas, no podrán adquirir participaciones superiores al 10% de otras empresas ni pagar remuneración variable a su consejo de administración a menos que se haya reembolsado el 75% del apoyo público. Estas dos últimas limitaciones se aplicarán durante tres años desde la concesión del apoyo cuando sean empresas participadas por el Estado.
Para el resto de casos, las limitaciones antes mencionadas se mantienen hasta que se reembolse completamente el apoyo público.
Las operaciones de apoyo temporal podrán otorgarse hasta el 30 de junio de 2021 o en fecha posterior si así se dispone.
Para beneficiarse de las ayudas, las empresas no deberán estar en crisis a 31 de diciembre de 2019, justificar que un cese forzoso de su actividad tendría un elevado impacto negativo sobre la actividad económica o el empleo, demostrar su viabilidad a medio y largo plazo presentando un plan para superar la situación y no haber sido condenada mediante sentencia en firme de delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias o fraudes, entre otros requisitos.
El fondo estará adscrito al Ministerio de Hacienda y será gestionado por un Consejo Gestor a través de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).
Dicho Consejo Gestor estará compuesto por el presidente de la SEPI, que lo presidirá, y por cuatro vocales: los titulares de la secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, de la Subsecretaría de Hacienda, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, y de la Secretaría de Estado de Energía. Los miembros de este consejo no percibirán remuneración ni dieta alguna por estos trabajos.
El importe mínimo de ayudas por empresa es de 25 millones de euros y el máximo será “el mínimo necesario para restaurar la viabilidad de la empresa”. Las ayudas podrán consistir en la concesión de préstamos participativos, deuda convertible, la suscripción de acciones o participaciones sociales o en cualquier otro instrumento de capital.
El reembolso de la participación del Estado “deberá acompasarse con la recuperación y estabilización de la economía”.
(SERVIMEDIA)
24 Jul 2020
MMR/ECR/gja