Sanidad

El BOE publica el decreto que garantiza la sanidad universal en España

MADRID
SERVIMEDIA

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este lunes el real decreto-ley sobre acceso universal al Sistema Nacional de Salud (SNS) aprobado el pasado viernes en Consejo de Ministros , que garantiza que todas las personas sean atendidas en igualdad de condiciones en España.

Según el Gobierno, esta normativa representa un cambio de modelo en la atención sanitaria en España. La titularidad del derecho a la asistencia en el SNS se basa en la condición de ciudadanía y su reconocimiento se desliga, por tanto, de la condición de asegurado.

“De este modo, el acceso a la atención sanitaria en condiciones de equidad y de universalidad es un derecho básico de toda persona”, explicó el viernes la ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Carmen Montón.

El Ejecutivo que preside Pedro Sánchez indica que el acceso al Sistema Nacional de Salud en condiciones de equidad y de universalidad es un derecho primordial de toda persona y la garantía del ejercicio de este derecho y la protección efectiva de la salud de la ciudadanía cobra aún mayor importancia cuando quienes se ven privados de una asistencia sanitaria normalizada son colectivos de una especial vulnerabilidad, amenazados por la exclusión social, como es el caso de la población extranjera no registrada ni autorizada a residir en España.

Asimismo, agrega que la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, supuso una vulneración de este derecho, ya que la norma dejaba fuera de la atención sanitaria con cargo a fondos públicos a personas adultas no registradas ni autorizadas a residir en España. La prestación sanitaria quedó así limitada a la asistencia en caso de urgencia por enfermedad grave o accidente hasta la situación de alta médica y a la asistencia durante el embarazo, parto y posparto.

BENEFICIARIOS

El RDL reconoce como titulares del derecho a la protección de la salud y la atención sanitaria a las personas con nacionalidad española y las personas extranjeras que tengan residencia en España.

También a aquellas personas que no teniendo su residencia habitual en territorio español tienen reconocido su derecho a la asistencia sanitaria en España por cualquier otro título jurídico, como por ejemplo son los pensionistas españoles que no residen en España, los trabajadores desplazados o los trabajadores transfronterizos.

Los colectivos no registrados ni autorizados como residentes en España tendrán derecho a la protección de la salud en las mismas condiciones que las personas con nacionalidad española.

SOSTENIBILIDAD DEL SISTEMA

La norma garantiza el derecho a la protección a la salud y a la atención sanitaria en las mismas condiciones a todas las personas que se encuentren en el Estado español. De esta forma, permitirá que reciban atención sanitaria normalizada los colectivos que quedaron excluidos con el RDL 16/2012 aprobado y ejecutado por el Gobierno del PP.

La ministra de Sanidad subrayó que para no comprometer la sostenibilidad financiera del Sistema Nacional de Salud y evitar el uso inapropiado del derecho a la asistencia sanitaria, respecto a estos colectivos, la asistencia sanitaria será con cargo a los fondos públicos de las administraciones competentes siempre que se cumplan los siguientes requisitos: no tener la obligación de acreditar la cobertura de la prestación sanitaria por otra vía, en virtud de lo dispuesto en el derecho de la UE, los convenios bilaterales y demás normas aplicables; no poder exportar el derecho de cobertura sanitaria desde su país de origen o procedencia, y no existir un tercero obligado al pago

En todo caso, la asistencia sanitaria a estos colectivos no genera un derecho a la cobertura sanitaria fuera del territorio español financiada con cargo a los fondos públicos.

(SERVIMEDIA)
30 Jul 2018
CAA/caa