Cataluña

La juez Lamela ve “hechos objetivos” de que Trapero cometió sedición

MADRID
SERVIMEDIA

La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela dictó este lunes un auto por el que ve "hechos objetivos" para confirmar el procesamiento por sedición del exjefe de los Mossos d’Esquadra Josep Lluís Trapero y de sus exmandos políticos en relación con el proceso independentista en Cataluña.

En esta resolución, Lamela confirma el procesamiento, que dictó el pasado 5 de abril, de Trapero, del exdirector de los Mossos Pere Soler, el exsecretario general de Interior de la Generalitat César Puig y la intendente de los Mossos Teresa Laplana.

En este sentido, la instructora acusaba a Trapero de organización criminal y dos delitos de sedición por los hechos ocurridos el 20 y 21 de septiembre frente a la Consejería de Economía en Barcelona y por la jornada del referéndum ilegal del pasado 1 de octubre. Asimismo, a Soler y Puig se les acusaba de organización criminal y un único delito de sedición, en su caso por el 1 de octubre. Igualmente, a Laplana se le atribuía un delito de sedición por los hechos del 20 y 21 de septiembre.

En su auto de este lunes, la titular del juzgado central de Instrucción 3 ratifica la acusación contra los cuatro procesados y desestima los recursos de reforma presentados por sus defensas. Los letrados argumentaban que no existen indicios suficientes para afirmar su participación en los hechos investigados, así como su discrepancia con la calificación jurídica.

NO SON “MERAS CONJETURAS”

A este respecto, Lamela subraya que la resolución recurrida resultado ajustada a derecho y añade que en el presente caso se han expuesto los indicios racionales de criminalidad existentes, su origen, su secuencia y las interrelaciones entre ellos, fijando a través de los mismos las consecuencias incriminatorias reseñadas en el auto de procesamiento.

Según la instructora, las acusaciones que se hacen contra Trapero, Soler, Puig y Laplana no son “meras conjeturas o pareceres de los investigadores, sino que el mismo se exponen hechos objetivos obtenidos a través de las veintiuna diligencias” que se detallan en el auto de procesamiento.

Respecto a la falta de competencia de la Audiencia Nacional alegada por la defensa de Puig, la magistrada explica que ya se ha dictado resolución abordando ese asunto que fue confirmada por la Sección Segunda de la Sala de lo Penal.

En referencia a las dispersión de causas por estos hechos en diferentes órganos judiciales alegada también por Puig, la juez afirma que ella era partidaria “de la investigación conjunta de todos aquellos hechos relacionados con la declaración unilateral de independencia”, si bien “la existencia de personas aforadas ha impedido la investigación de todos aquellos investigados por los hechos acontecidos durante el proceso que tenía por objeto la proclamación de una república catalana independiente de España”.

(SERVIMEDIA)
23 Abr 2018
NBC