Vivienda

El Congreso rechaza la enmienda de totalidad de Unidos Podemos a la reforma hipotecaria

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Congreso de los Diputados rechazó este jueves la enmienda de totalidad presentada por Unidos Podemos a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, con lo que esta norma prosigue su tramitación parlamentaria.

La enmienda de texto alternativo de Unidos Podemos fue rechazada por 180 votos en contra, 79 a favor y 82 abstenciones. El ministro de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos, defendió la norma de Gobierno y señaló que es un proyecto “ambicioso y necesario”, para agregar que incrementará la “transparencia y el nivel de protección” de quienes contraten un préstamo hipotecario en España.

Por su parte, el diputado de Unidos Podemos Rafael Mayoral fue el encargado de presentar la enmienda de totalidad de su formación, y denunció los “abusos” que han practicado los bancos en materia hipotecaria.

En este sentido, criticó la práctica habitual de la banca de quitar la casa a un hipotecado que no puede hacer frente a los pagos, mientras se le mantiene toda la deuda. “Las entidades financieras han estado engañando a la gente durante todo este tiempo y es necesario que el Estado se ponga de parte de la población”, señaló Mayoral.

Portavoces de formaciones como Bildu, Compromis y ERC en el debate mostraron su apoyo a la enmienda de totalidad de Unidos Podemos, mientras que el PDeCAT, PNV, PSOE o Ciudadanos no respaldaban la misma y mostraron su disposición a negociar enmiendas parciales y mejorar el texto.

El diputado de Ciudadanos Rodrigo Gómez señaló que el texto del Gobierno presenta “lagunas que debe ser solucionadas” y explicó que su grupo planteará “muchas y profundas” enmiendas para hacer una amplia “revisión” de la norma. Sobre la alternativa de Podemos, dijo que “no es sensata ni realista”, ya que, entre otras cosas, pide la dación en pago universal.

Por su parte, el portavoz de Hacienda del PSOE, Pedro Saura, rechazó la enmienda de Unidos Podemos, aunque lamentó que el texto del Gobierno “está del lado de las entidades financieras”. “Los bancos están cómodos con esta reforma, no están en contra del proyecto del Gobierno”, señaló.

CONTENIDO DE LA NORMA

La ley de reforma hipotecaria planteada por el Gobierno tiene dos partes. La primera es la transposición de una directiva europea, a la que se unen una serie de medidas en las que se va más allá de las indicaciones comunitarias, según explicó el Ministerio de Economía.

En cuanto a la transposición de la directiva, ésta sólo se aplica a personas físicas particulares, aunque el Gobierno propone que se extienda también a aquellas que realizan actividades empresariales, es decir, autónomos.

La parte de la ley que se refiere a la trasposición de la directiva recoge tres aspectos: normas de conducta, normas de protección del deudor hipotecario y regulación de los intermediarios financieros.

Respecto a las normas de conducta, el Gobierno busca que quienes intervengan en el mercado hipotecario tengan capacitación y profesionalización, con el fin de prestar toda la información que requiere el prestatario y evaluar su solvencia.

Además, se eliminarán determinados incentivos para el profesional del banco que estuvieran vinculados a captar hipotecas y se prohíben operaciones vinculadas, como tener que adquirir otros productos.

Por otra parte, se abordan una serie de normas de protección del deudor hipotecario, con referencias a la posibilidad de amortización anticipada de la hipoteca (se va a permitir que se haga en cualquier momento durante la vida del contrato y limitar la retribución que pueda percibir el banco) y a facilitar convertir a euros prestamos en divisas extranjeras.

En lo que se refiere a la regulación de los intermediarios financieros, habrá una supervisión constante a quienes dan préstamos, con control del Banco de España o de las comunidades autónomas.

MEDIDAS ADICIONALES

Desde el Gobierno han indicado que en una segunda parte, esta ley recoge una serie de medidas para ir más allá de lo que va la directiva comunitaria, y que recoge aspectos precontractuales, vinculadas a la firma del contrato y a la ejecución del mismo.

En las medidas precontractuales, el cliente tendrá que recibir por parte del banco la ficha de información normalizada y otra con advertencias estandarizaras con las cláusulas que puedan ser potencialmente más peligrosas.

Además, se tendrá que informar al cliente de las estimaciones con diversos escenarios en casos de tipos variables e información desglosada sobre los gastos.

En lo que se refiere a quién tiene que asumir algunos gastos relacionados con el contrato hipotecario, en el mismo se ha de decir con absoluta claridad quién tiene que asumir cada gasto.

Antes de firmar el contrato, el notario ha de realizar una comprobación de que el cliente ha recibido y entendido toda esa información, y lo hará constar en un acta junto a la firma manuscrita del propio prestatario. Este procedimiento será gratuito.

Mientras, en las medidas vinculadas a la firma del contrato se establece que no se podrán firmar hipotecas si no se ha cumplido todo lo anterior y se refuerza el régimen sancionador de notarios y registradores para que no autoricen contratos que no cumplan las condiciones.

Por último, en las medidas vinculadas a la ejecución del contrato se hace referencia al vencimiento anticipado, los intereses de demora (éstos serán tres veces el interés legal del dinero) y el paso del tipo variable a fijo a un menor coste.

En el caso del vencimiento anticipado, el banco no podrá ejecutar la hipoteca cuando se produzcan tres meses de impago como hasta ahora, sino que se eleva el umbral. En concreto, se divide el periodo del contrato en dos (por ejemplo, si es a 20 años en dos de 10) y en la primera se procederá al vencimiento anticipado si se impaga el 2% del total concedido y en la segunda se sube al 4%.

En el texto se establece que se impulsará un contrato tipo, que recoja una serie de cláusulas y cuestiones y al que las partes se podrán unir de manera voluntaria. En la norma se habilitará para que se haga este contrato tipo en un desarrollo reglamentario de la ley.

(SERVIMEDIA)
15 Feb 2018
BPP/gja