El Gobierno impulsa la norma europea sobre protección a pequeños inversores
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El Consejo de Ministros aprobó este viernes el anteproyecto de Ley del Mercado de Valores y de los Instrumentos Financieros, en adaptación de la directiva europea conocida como ‘Mifid II’ y otros reglamentos.
Según informó el Ministerio de Economía, el objetivo es “asegurar unos elevados niveles de protección de los inversores en productos financieros, en especial minoristas, y aumentar la seguridad y eficiencia, buen funcionamiento y estabilidad de los mercados de valores en Europa”.
La norma ya ha pasado los trámites de consulta y de audiencia pública, en el que se recibieron 50 documentos con más de 450 observaciones, de 38 personas o entidades. Ahora será enviada al Consejo de Estado para recibir dictamen, volverá al Consejo de Ministros y será remitida al Parlamento para su aprobación y entrada en vigor en el plazo “más breve posible”, señaló el Ministerio.
En lo que se refiere a la protección del pequeño inversor, se recogen aspectos como las comisiones que las entidades exigen por las denominadas retrocesiones. Economía indicó que el ejemplo más típico es el de una entidad, generalmente un banco, que comercializa o recomienda un fondo de inversión a un cliente.
El banco cobra de la gestora del fondo un incentivo, lo que puede en algunos casos adulterar la labor de asesoramiento. La directiva ‘Mifid II’ permite o prohíbe el cobro de estas comisiones u otros incentivos en función de los servicios que presten.
En concreto, se prohíbe absolutamente el cobro de comisiones, retrocesiones u otro tipo de incentivos cuando se prestan servicios de asesoramiento financiero independiente o gestión de carteras.
Si se prestan otros servicios de inversión es necesario incrementar la calidad del asesoramiento y garantizar que se actúa de forma “honesta, justa y profesional” de acuerdo con el mejor interés del cliente, expone el departamento de Luis de Guindos.
Se considera que se cumplen estas condiciones cuando, por ejemplo, en la oferta de productos se incluyen productos de terceros competidores. El desarrollo reglamentario de la ley determinará que debe ofrecerse al menos un 25% del total de los productos de la misma categoría procedente de terceras entidades para considerar que existe el aumento de la calidad del servicio.
DEPÓSITOS ESTRUCTURADOS
La norma aborda también la “problemática” de los depósitos estructurados, aquellos cuya rentabilidad depende de la evolución de un índice o del precio de un activo financiero. ‘Mifid II’ establece que las entidades de crédito cuando comercialicen o presten asesoramiento sobre depósitos estructurados deben cumplir con las normas relativas al buen gobierno de la entidad, determinadas medidas de organización interna o medidas para evitar los conflictos de interés, entre otras.
Por otra parte, las empresas de servicios de inversión deberán llevar además un registro de las actuaciones que realizan con los clientes y en los mercados en los que operen.
El objetivo es poder atender a los posibles requerimientos de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en su labor supervisora, o dar respuesta adecuada a posibles reclamaciones de clientes.
SISTEMA ORGANIZADO DE CONTRATACIÓN
Se establece además una nueva categoría de centro de contratación, el denominado sistema organizado de contratación. Es un sistema multilateral, que no es un mercado regulado o un sistema multilateral de negociación, en el que interactúan los diversos intereses de compra y de venta de bonos y obligaciones, titulizaciones, derechos de emisión o derivados de múltiples terceros para dar lugar a contratos.
Esta nueva categoría se crea con el fin de permitir la canalización de operaciones de estos activos que hoy se hacen ‘over the counter’ (sin mercado organizado, únicamente con dos contrapartes que se ponen en contacto y cierran una operación) hacia un mercado organizado, algo que se considera deseable el punto de vista de la estabilidad financiera.
(SERVIMEDIA)
01 Dic 2017
BPP/caa