LA VIUDA DE UN MILITAR REPUBLICANO FUSILADO EN LA GUERRA CIVIL TARDA 60 AÑOS EN QUE LE RECONOZCAN LA PENSION

- El Registro Civil se demoró 11 años en encontrar el acta de su boda, hsta que el empeño personal de un funcionario lo consiguió

MADRID
SERVIMEDIA

Isabel Vicente Esteban, viuda de un teniente coronel del Ejército Republicano fusilado por los franquistas durante la Guerra Civil, ha tardado 60 años en ver reconocido, mediante una sentencia del Tribunal Supremo, su derecho a una pensión de viudedad.

Esta mujer, que tenía 19 años cuando se casó en 1936, se fue al exilio tras enviudar y, al volver a España, se encontró con que no podía acreditar la celebració de su matrimonio porque no constaba como valido en el Registro Civil de Madrid, un problema burocrático que hizo que los trámites para conseguir la pensión se prolongarán durante 15 años, desde que los inició en 1984.

La sentencia del Supremo, a la que tuvo acceso Servimedia, establece que Isabel Vicente, viuda del teniente coronel de Infantería de la Segunda República Etelvino Vega Martínez, cumple todos los requisitos para acceder a una pensión de viudedad.

La viuda denunció su situación en 194, tras regresar del exilio, y lo primero que hizo fue pedir un certificado de matrimonio al Registro Civil de Buenavista (Madrid), que le respondió señalando que no constaba en sus archivos.

Durante 11 años, la viuda recurrió, sin éxito, a los tribunales, hasta que, "gracias a la conducta ecuánime de un funcionario" que examinó "con la debida atención y diligencia" los datos del Registro, según relata la sentencia, se encontró el certificado acreditativo del enlace matrimonial.

HOGAR PROLETARIO

El escrito certifica que la boda se produjo en Madrid el 19 de diciembre de 1936 y añade, en el estilo de la época y el lugar, que, "en mutuo acuerdo y por libre voluntad de ambos se reúnen en matrimonio, constituyendo desde este momento un hogar proletario, sin que se oponga a ello ningún compromiso de los camaradas contrayentes".

Posteriomente, el Gobierno de Franco dispuso la "anulación y tachadura" de determinados asientos en los Registros Civiles relativos a "circunstancias puramente personalesfamiliares de los vencidos", lo que afectó al matrimonio de Isabel y Etelvino.

En virtud de esta normativa, en el certificado de matrimonio figura una nota de anulación que, con fecha 11 de mayo de 1939, deroga el enlace. Aunque una norma promulgada en 1958 anuló esas notas, esa medida no fue aplicada hasta 1996, por razones no aclaradas, al certificado de Isabel y Etelvino.

Ahora se abre un nuevo procedimiento sobre los atrasos a los que podría tener derecho la viuda, que deberá solicitar al Miisterio de Economía y Hacienda.

(SERVIMEDIA)
31 Ene 1999
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