VEINTE AÑOS DE CARCEL PARA UNA EMPLEADA DE HOGAR QUE ENVENENABA LAS COMIDAS DE LA MUJER PARA LA QUE TRABAJABA

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremoha condenado a veinte años de cárcel a una empleada de hogar que envenenó durante un año las comidas de la mujer para la que trabajaba, que tuvo que ser ingresada varias veces en estado de coma. Lo mismo hizo con una compañera contratada en la misma casa, que no duró ni un mes en este puesto.

La Sala de lo Penal del Alto tribunal considera que estos hechos constituyen un delito de intento de asesinato con la agravante de alevosía y otros dos de lesiones, por los daños que provocaron a las víctimas ingrir alimentos con dósis "excesivas" de un medicamento empleado para el tratamiento de alcohólicos, la 'cianamida cálcida'.

La sentencia relata que la autora de estos delitos, que prestaba sus servicios en casa de la víctima, en un municipio de La Rioja, desde 1987, comenzó a introducir, a principios de 1993, este medicamento "incoloro, inodoro e insípido" en las comidas y bebidas que le preparaba, lo que le provocó "varios ingresos urgentes en distintos centros hospitalarios".

Como consecuencia d la ingesta de esta sustancia, la víctima sufrió alteración hepática y encefalopatía, que le producían "febrícula, obnuvilación, alucinaciones, amnesia, sonmolencia, incoherencia, vómitos, disartria" y varios episodios de coma.

PURE ENVENENADO EN EL HOSPITAL

Entre abril de 1993 y febrero de 1994 fue ingresada en siete ocasiones, tres de ellas en estado de coma. Durante una de sus estancias en la Clínica Universitaria de Navarra, la agresorá volvió a intentar envenenerla enviándola un puré a través d un familiar, y que le provocó una recaída.

Entre estos episodios, la paciente sufría ataques de menor intensidad con vómitos, somnolencia, despistes, pequeñas anmesias, decaimiento, alucinaciones, rigidez al andar y temblor de manos. Los médicos le llegaron a diagnosticar un trastorno psiquiátrico que trataban con antidepresivos.

En noviembre de 1993, otra empleada de hogar empezó a trabajar en el mismo domicilio como compañera de la acusada, que empezó a suministrarle el mismo medicamento en lo cafés que le preparaba a media mañana y por la tarde. Como consecuencia de esta sustancia, fue ingresada el día 29 de ese mismo mes con "un cuadro idéntico" al de la dueña de la casa. Inmediatamente dejó el trabajo, y no volvió a padecer ninguna afección similar.

Del mismo modo, la primera víctima dejó de sufrir recaídas una vez que la acusasa dejó de trabajar en la casa. En varios registros realizados en la vivienda, se había encontrado en la habitación de la agresora gran cantidad de medicamentos, ue también guardaba en el dormitorio del bebé y en la vivienda de su hijo.

"TRAICION, COBARDIA Y VILEZA"

La acusada fue condenada por la Audiencia Provincial de La Rioja a ocho años de prisión por dos delitos de lesiones con la agravante de abuso de confianza, sentencia que el Supremo anula para incrementar en otros doce años por asesinato en grado de tentativa, lo que supone un total de 20 años de cárcel y ocho millones de pesetas en concepto de indemnización para las víctimas.

El Supremo consdera que "no hay duda" de la intención de la acusada de matar a la dueña de la casa, algo que no queda demostrado con su compañera de trabajo, a la que pudo intentar solamente ahuyentar.

Para el Alto Tribunal, "el comportamiento de la procesada, suministrando subrepticiamente, a lo largo de más de diez meses, una sustancia tóxica que fue deteriorando progresivamente su estado de salud, estuvo animado por el propósito de causarle la muerte", algo que hizo con "alevosía", dado el elemento de "traición, obardía o vileza" que supone emplear el veneno para "asegurar la ejecución" y evitar la defensa por parte de la víctima.

(SERVIMEDIA)
20 Ene 2002
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