VALENCIANA. CONDENADO UN CIRUJANO QUE PRACTICÓ UNA LIPOSUCCIÓN FACIAL A UN PACIENTE SIN SU CONSENTIMIENTO
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La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 6 por la que se condena al doctor I.G.R. al pago de 20.000 euros por practicar una liposucción facial a un paciente sin su consentimiento, según informó hoy la asociación El Defensor del Paciente.
La demanda fue tramitada por los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente en la Comunidad Valenciana tras unaintervención de cirugía estética realizada a J.C.B.S., de 35 años, el 27 de julio de 2005, para la corrección del surco nasogeniano con un lifting facial.
Según El Defensor del Paciente, el médico, además de la citada intervención, le practicó, sin conocimiento del paciente y, por consiguiente, sin que éste diera su consentimiento, una liposucción cérvico-facial. Además, el paciente no fue informado completa y exhaustivamente de ninguna de las dos intervenciones, por lo que tanto el Juzgado como la Audiencia, condenan al médico por infracción del deber de información.
En su fallo, dictado el pasado 22 de julio y notificado el día 31 del mismo mes, la Audiencia señala que el escrito de consentimiento informado era un modelo impreso en el que figuran las expresiones "enfermo" y "alternativas terapéuticas", cuando de lo que se trata es de una intervención voluntaria y de carácter estético.
En ambas sentencias se pone de manifiesto también, según El Defensor del Paciente, que no consta que se pusiera de relieve la duración de la operación (8 horas) ni tampoco la utilización de anestesia general, no habiendo aportado esta información al paciente ni el consentimiento referido a la anestesia.
También considera el tribunal que no se informó al paciente de la existencia posible y sobrevenida de un síndrome post operatorio y/o de la depresión a consecuencia de la indicada operación.
Además, la Audiencia incide en el hecho de que los peritos que acudieron al juicio a instancia del doctor demandado, reconocieron no haber visto personalmente al paciente y tan sólo haber hablado con el médico. "Los peritos de la demandada, en lugar de examinar al paciente, examinaron al médico acerca del paciente. Toda una lección ética de imparcialidad pericial", concluye El Defensor del Paciente.
(SERVIMEDIA)
06 Ago 2008
GJA