VACAS LOCAS. LOS ENTERRAMIENTOS DE RESES MAYORES DE 30 MESES IRAN PRECEDIDOS DE LA PRUEBA DE LA EEB
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El Ministerio de Agricultura ha preparado dos órdenes ministeriales, consensuadas con las comunidades autónomas, sobre incineracióne inhumación en casos excepcionales de ganado bovino, ovino y caprino que muera en las explotaciones y sus responsables no puedan destruirlo como establece la normativa vigente sobre materiales específicos de riesgo (MER), es decir, llevando el animal o los despojos a una planta de tratamiento y destrucción de MER.
El Gobierno ha fijado tres supuestos para este tratamiento excepcional, que tiene carácter transitorio: cuando el traslado a una planta de destrucción de MER pueda suponer un peligro objetio de extensión de la enfermedad, cuando el cadáver o los restos se encuentren en lugares de muy difícil acceso o en territorios extrapeninsulares sin planta transformadora de MER, y cuando el número de animales muertos sea desproporcionado en relación con los medios disponibles.
En todo caso, los animales podrán ser enterrados "únicamente cuando no exista la posibilidad de incineración directa", según informó hoy el Ministerio de Agricultura. Si no queda más remedio que inhumar, los animales bovinos myores de 30 meses deberán haber sido sometidos al test rápido de detección de la encefalopatía espongiforme bovina (EEB).
Sólo se autorizará la incineración directa cuando no exista riesgo de transmisión de la enfermedad y si se realiza en instalaciones de incineración de despojos y cadáveres de animales que cuenten con las preceptivas licencias. El material deberá ser sometido a una temperatura de 850 grados como mínimo, durante al menos 2 segundos.
Por otro lado, tanto en el caso de los enterraientos como de las incineraciones, sólo se podrán aplicar cuando no se puedan arbitrar medios especiales de almacenamiento transitorio con las debidas garantías.
Las autonomías podrán autorizar la inhumación en vertederos autorizados, siempre que se encuentren a distancia suficiente de todo núcleo de población, no estén cerca de un acuífero, arroyo o caudal, y garantizando que no dañe al medio ambiente.
(SERVIMEDIA)
23 Feb 2001
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