UNA MUJER INFECTADA DE SIDA EN UNA TRANSFUSION REALIZADA EN EL RAMON Y CAJAL DENUNCIA LA LENTITUD DE LA JUSTICIA
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Gloria Sousa Sousa, de 42 años y vecina de la localidad berciana de Toral de Merayo, en Ponferrada (León), que padece SIDA desde hace seis años a consecuencia de una transfusión de sangre que se le pacticó con motivo de una operación de cadera en el Hospital Ramón y Cajal, de Madrid, denunció hoy, en declaraciones a Servimedia, la lentitud de la administración de Justicia para resolver su caso.
En 1986, Gloria Sousa se sometió a una operación para corregir una luxación congénita en la cadera. Fue entonces cuando contrajo el SIDA.
Desde entonces, la mujer y su familia, que presentaron una denuncia contra el Insalud, esperan la celebración del juicio, en el que están encausados los responsable del centro público madrileño. "Mi caso va de juzgado en juzgado y nadie me da una solución", comentó a esta agencia Gloria Sousa.
La mujer, que reside en Toral de Merayo desde hace 21 años, es natural de Ponteareas, en la provincia de Pontevedra, está casada y tiene dos hijos de 15 y 20 años.
154 AFECTADOS
En los últimos diez años, 154 españoles resultaron infectados por el virus del SIDA al recibir una transfusión sanguínea. De ellos, más de la mitad han muerto ya, según datos facilitados porel Ministerio de Sanidad y Consumo.
Hasta la fecha, el Gobierno no ha establecido indemnizaciones para las personas que resultaron afectadas antes de que las autoridades sanitarias obligaran en 1987, tanto a bancos de sangre como a hospitales, a realizar las pruebas de detección del SIDA en todas las unidades de sangre donada.
Varias sentencias han obligado al Insalud y a dos servicios regionales de salud a pagar indemnizaciones a pacientes contagiados por transfusión en fechas anteriores a la apobación de la normativa sobre pruebas de detección.
El 21 de noviembre de 1989, la Audiencia de Barcelona condenó a dos médicos a penas de seis meses de prisión y a dos de arresto y al Instituto Catalán de Salud a pagar a dos enfermos contagiados en el Hospital de Bellvitge 10 millones de pesetas y 15 millones más en caso de desarrollar la enfermedad.
Esta sentencia fue ratificada el 12 de diciembre de 1991 por el Tribunal Supremo, que reconoció el derecho de un afectado a ser indemnizado, a pesa de que la transfusión le fuera efectuada antes de entrar en vigor el decereto de control de las donaciones.
Durante este año, dos magistrados de Madrid y Valencia hicieron públicas sendas sentencias a favor de pacientes infectados en hospitales públicos.
(SERVIMEDIA)
15 Oct 1992
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