LA UE IMPIDE A HOLANDA QUE SE PUEDA PACTAR DINERO POR VACACIONES ANUALES
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado contraria a la normativa comunitaria una norma nacional holandesa que permitía a empresarios y trabajadores pactar una retribución a cambio de no disfrutar de todas o parte de las vacaciones anuales.
La Corte de Luxemburgo considera que cada Estado miembro debe velar porque los trabajadores disfruten de un mínimo de cuatro semanas de vacaciones al año, con la única excepción de aquellos trabajadores que finalicen su relación laboral, en cuyo caso podrán sustituirse por dinero.
El Tribunal admite que si un empleado no ha podido tener vacaciones un año puede disfrutarlas en el curso del año siguiente, pero en ningún caso puede cobrarlas.
"Es cierto que el efecto positivo de estas vacaciones para la seguridad y la salud del trabajador se despliega plenamente cuando se disfrutan en el año previsto, es decir, durante el año en curso. Sin embargo, este tiempo de reposo no pierde interés a este respecto si se disfruta en un período posterior", señala el Tribunal de Justicia de la UE.
(SERVIMEDIA)
12 Sep 2006
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