LA UE APRUEBA EL SISTEMA EURODAC PARA LA IDENTIFICACION DE LOS SOLICITANTES DE ASILO

BRUSELAS
SERVIMEDIA

La Unión Europea aprobó hoy, en el Consejo de Justicia y Asuntos de Interior, la creación y puesta en marcha de Eurodac, un sistema que persigue ayudar a identificar a los solicitantes de asilo mediante la comparación electrónica de sus impresiones dactilares. Según informó hoy la Presidencia de la Unión Europea, con Eurodac se da solución a la aplicación del Convenio de Dublín, firmado en esta ciudad el 15 de junio de 1990, en el que se estableció que resultaba necesario determinar la identidad del solicitante de asilo y de las personas interceptadas con ocasión del cruce irregular de las fronteras exteriores de la Comunidad Europea.

Con Eurodac, cada Estado miembro puede comprobar si los extranjeros ilegalmente presentes en su territorio han solicitad asilo previamente en otro Estado de la UE.La finalidad de la creación de este sistema es fundamentalmente la de ayudar a determinar el Estado miembro responsable del examen de las solicitudes de asilo presentadas en los Estados miembros.

Para ello, Eurodac comprenderá: una Unidad Central, que estará situada en Luxemburgo; una base de datos central informatizada, igualmente en Luxemburgo, gestionada desde la Unidad Central y en la que se tratarán los datos dactiloscópicos, con vistas a la comprobaión de si la persona demandante de asilo lo ha hecho previamente en otro Estado miembro; y los medios de transmisión de datos entre los Estados miembros y la base de datos central.

A partir de la puesta en marcha de Eurodac, los Estados miembros deberán tomar las impresiones dactilares de todos los dedos del solicitante de asilo mayor de 14 años, y transmitir estos datos a la Unidad Central, que registrará exclusivamente los siguientes datos: Estado miembro de origen y fecha de la solicitud de asilo; atos dactiloscópicos; sexo, y número de referencia atribuido por el Estado miembro de origen.

Asimismo, fecha de toma de las impresiones dactilares; fecha de transmisión de los datos a la Unidad Central, fecha de la introducción de los datos en la base de datos central; referencias sobre el destinatario o destinatarios a los que se hayan transmitido los datos; y fecha de la transmisión o transmisiones.

Cada Estado miembro podrá solicitar a la Unidad Central la comparación de las huellas de un nueo solicitante con las conservadas en su base de datos, para poder conocer si a esa persona se le ha concedido o denegado previamente el asilo en otro Estado miembro de la Unión Europea.

Una vez cumplimentado el paso de la aprobación por el Consejo de la Unión Europea, está previsto que el sistema sea operativo en el año 2003.

(SERVIMEDIA)
28 Feb 2002
J