PEKÍN 2008

UCE EXIGE A LOS OPERADORES DE TELEFONÍA EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE SERVICIOS A LOS USUARIOS

MADRID
SERVIMEDIA

La Unión de Consumidores de España (UCE) exigió hoy a todos los operadores de telefonía el cumplimiento de la orden del Ministerio de Industria que regula el servicio a los usuarios.

En concreto, se trata de la orden de abril de 2007 que se ocupa de la resolución de las reclamaciones por controversias entre usuarios finales y operadores de servicios de comunicación electrónicas y el funcionamiento de los servicios de atención al cliente por los operadores.

En 2007, la telefonía móvil ocupó fue el sector con mayor número de consultas y reclamaciones registradas por la UCE, con el 10,70% del total, mientras que la telefonía fija ocupó el tercer puesto con el 7,20% de las reclamaciones.

Según UCE, telefonía, servicios de internet y líneas de tarificación adicional acumularon el 2007 un total de 44.620 denuncias y quejas. Es decir, el 25% del total de las gestionadas por UCE.

A pesar de la publicación de la citada norma, las quejas relacionadas con el sector de las telecomunicaciones siguen ocupando el primer puesto en el servicio de atención jurídica de esta organización.

Según informó UCE, este decreto establece la obligación que tienen los operadores de disponer de un servicio especializado de atención al cliente, cuyo objeto será atender y resolver las quejas y reclamaciones y cualquier incidencia contractual.

Además, los operadores están obligados a informar a los usuarios, cada seis meses al menos, sobre sus derechos sus derechos.

Entre los derechos de los usuarios figuran la posibilidad de darse de baja en cualquier momento de los servicios contratados; únicamente es necesario que lo comunique con 15 días de antelación. El cliente tiene derecho a darse de baja por teléfono, fax, correo o vía telemática, así como a tener una copia del contrato de telefonía y a solicitar restricción de las llamadas a los servicios de tarificación adicional.

Según esta normativa, si existe algún tipo de desacuerdo, el usuario puede no abonar la parte de la facturación correspondiente a estos servicios, lo que no conllevará el corte de la línea. Lo mismo sucede en el caso de que el usuario tenga contratados servicios de internet junto a su línea telefónica y hay desacuerdo en la facturación.

(SERVIMEDIA)
14 Abr 2008
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