Tribunales

El TSJ anula el Plan Sectorial de Prevención y Extinción de Incendios de Castilla y León

- La Sala Contencioso-Administrativo argumenta que carece de previsión de costes y genera inseguridad jurídica

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha estimado el recurso interpuesto por la Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores de Castilla y León y declara la nulidad de pleno derecho el Decreto 10/2021 por el que se aprueba el Plan Sectorial de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad de Castilla y León.

La Sala entiende que falta una previsión real y documentada de los costes que el modelo que diseña el Plan supone para las administraciones locales, que son las que tienen que implementarlo, de manera tal que como dictaminó el Consejo Consultivo de Castilla y León el plan es inoperativo.

Además, la Sala expone que el Plan genera inseguridad jurídica, ya que no está suficientemente definido el papel de cada uno de los tipos de parques que diseña, permitiendo que finalmente sean los voluntarios y no los bomberos profesionales quienes sean los responsables del servicio público de prevención, extinción de incendios y salvamento de la comunidad.

En el mismo sentido, el Tribunal estima que tampoco queda bien definido el papel de control que deben hacer los parques de los municipios más grandes con relación a los parques de los municipios más pequeños.

Por otro lado, la Sala señala que no se especifica con claridad qué se entiende por interviniente y por turno. La redacción del Plan en este punto no permite asegurar que siempre serán bomberos profesionales quienes sean los responsables del servicio, aunque pueda haber otros intervinientes (voluntarios) que colaboren en la actuación correspondiente.

El Tribunal recuerda también que la producción normativa exige respetar los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, así como el principio de seguridad jurídica.

(SERVIMEDIA)
04 Jul 2022
SGR/gja