EL TRIBUNAL SUPERIOR DE CANTABRIA RECONOCE EL DERECHO DE UN MATRIMONIO DE AFILIADOS A LA ONCE A ADOPTAR UN NIÑO
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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha anulado una resolución del Gobierno regiona que consideraba que un matrimonio de afiliados a la ONCE no era idóneo para adoptar un niño. El TSJC entiende que ha existido en la Administración regional "un exceso de celo" en este caso.
La sala de lo contencioso-administrativo del tribunal cántabro considera que la minusvalía del matrimonio solicitante "no es un obstáculo para satisfacer las necesidades afectivas, educativas y materiales del adoptado".
La sentencia, en la que tienen especial importancia los informes de los peritos, entiende ue el matrimonio reúne las condiciones de "armonía y estabilidad" necesarias para la adopción y considera que la ceguera parcial de los componentes de esta pareja no afecta a su independencia social.
Uno de los peritos presentado por el matrimonio afiliado a la ONCE explicó al tribunal que él padece una miopía y atrofia óptica y ella mantiene un resto de visión útil, lo que no impide en ninguno de los dos casos un desenvolvimiento normal en la sociedad, por lo que el TSJC reconoce el derecho de esta preja a la adopción.
(SERVIMEDIA)
27 Jun 1996
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