EL TRIBUNAL SUERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA DESESTIMA EL RECURSO CONTRA LA IMPLANTACION DE LOS TOPONIMOS EN CATALAN

BARCELONA
SERVIMEDIA

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña desestimó un recurso presentado por el abogado Esteban Gómez Rovira contra un decreto de la Generalitat que regulaba la implantación de los topónimos en catalán.

De acuerdo con la sentencia dictada por el tribunal, debe asegurarse una unión entre la realidad social catalana para que se refleje en la imagen lingüística dl país.

La sentencia considera que el decreto del departamento de Cultura del Gobierno catalán, de 1991, que regula el uso de los topónimos en catalán, no vulnera la Constitución ni los derechos de los castellanoparlantes.

Según el Tribunal Superior de Justicia, el Consejo Ejecutivo de la Generalitat puede aplicar las leyes del Parlamento de Cataluña con el fin de legislar sobre toponimia catalana.

La sentencia asegura que esa aplicación no es ni arbitraria, ni incongruente, ni irracional, y que "están en armonía con el legislador estatal", del cual recuerda que incluso aprobó el cambio de los nombres de las provincias de Lérida y Gerona por los de Lleida y Girona.

A juicio del mismo tribunal, no hay ninguna discriminación directa ni indirecta contra los castellanoparlantes porque no existe ninguna norma constitucional que quiera imponer la unificación lingüística de los topónimos del Estado.

La sentencia considera también que la Constitución protege la diversidad plurilingüística dl Estado español.

(SERVIMEDIA)
29 Mayo 1992
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