TRABAJO DETECTA SES MODALIDADES DE FRAUDE EN LAS BAJAS LABORALES

MADRID
SERVIMEDIA

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha confirmado la existencia de seis modalidades de fraude en el cobro de prestaciones por incapacidad laboral temporal. Simular una enfermedad cuando está a punto de agotarse el desempleo o simultanear el cobro de ayudas con una actividad remunerada son algunos de los abusos más relevantes, según informaron hoy en fuentes de este departamento.

Trabajo recuerda que el gasto de l Seguridad Social en prestaciones por incapacidad temporal no ha dejado de crecer, y que alcanzó los 582.000 millones de pesetas el año pasado. Señala como factor que propicia el engaño la diversidad de administraciones que interviene en la gestión de las bajas laborales.

Las modalidades de fraude son las siguientes:

Aparentar o exagerar el padecimiento de una enfermedad para obtener una baja laboral. Es el fraude que tiene un mayor impacto económico. Es frecuente que el trabajador acceda a la inapacidad justo antes de dejar de trabajar o de que se acabe el cobro de prestaciones por paro.

Simultanear el cobro de incapacidad laboral con la realización de una actividad remunerada del empleado, ya sea en la propia empresa o en otra. En algunos casos existe connivencia entre la compañía y los asalariados en momentos de menos trabajo.

Cobrar la prestación por incapacidad temporal cuando en realidad se padece una incapacidad permanente, ya sea porque las percepciones son más altas en el primercaso o porque no se ha cotizado lo suficiente para percibir ayudas en el segundo caso.

Presentar la incapacidad temporal como fruto de un accidente, y no de una enfermedad común, aunque ésta haya sido la auténtica causa. En este caso la empresa también participa en el fraude.

Cumplimentación de los formularios por parte de las compañías de forma inadecuada, para obtener el mayor descuento posible en sus cotizaciones a la Seguridad Social.

"Compra" por parte del trabajador (especialmente autóomos y servicio doméstico) de la prestación. El beneficiario paga a un empresario una suma para que le incluya en su plantilla, para después pasar a la incapacidad temporal.

(SERVIMEDIA)
19 Abr 1997
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