TODO EXTRANJERO, AUNQUE NO ESTE LEGAL EN ESPAÑA, ESTA PROTEGIDO FRENTE A ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
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Todos los extranjeros, aunque no tengan residencia legal en España, están protegidos frete a los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, según se desprende de una sentencia dictada recientemente por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, sobre la que hoy informó CCOO.
La Asesoría Jurídica de CCOO en Murcia interpuso una demanda de reclamación de incapacidad temporal contra la Seguridad Social, la Mutua Mutuamur y la empresa Sociedad Agrícola Pinatar, en nombre de un trabajador inmigrante de la citada empresa carente de permiso de trabajo y residencia, sin contrato detrabajo y no afiliado ni dado de alta en la Seguridad Social, tras sufrir un accidente mientras desarrollaba su trabajo de peón.
El juzgado de lo social desestimó la demanda formulada por CCOO, por lo que el sindicato recurrió interponiendo el correspondiente recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que en sentencia dictada el pasado 4 de octubre resuelve en favor del trabajador.
El fallo del Tribunal declara la responsabilidad empresarial en el pago de la prestació por incapacidad temporal derivada de accidentes de trabajo hasta la extinción por causa legal, condenando a la empresa a su abono, y hace extensiva la condena al Instituto Nacional de la Seguridad Social en su calidad de fondo de garantía de accidentes de trabajo.
Para este Tribunal, "la nacionalidad, hoy en día, no ofrece el interés que en pasado cercano tuvo como criterio delimitador en el nivel contributivo por nuestro sistema de Seguridad Social", por lo que establece que los trabajadores extranjros, aunque no resida legalmente en España, está amparado por el sistema.
Según este Tribunal, "todo extranjero, aún sin residencia legal en España, queda protegido frente a los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, así como las trabajadoras extranjeras respecto a la maternidad, ya que en este supuesto y para tales situaciones, la reciprocidad (legislativa tácita o expresa, o diplomática) se considera reconocida presuntamente".
Para CCOO, la sentencia del Tribunal Superior de Juticia de Murcia es muy importante, ya que viene a solucionar una situación de inseguridad e indefensión en la que se encuentran miles de trabajadores extranjeros en nuestro país.
(SERVIMEDIA)
15 Nov 1999
NLV