EL SUPREMO UNIFICA CRITERIOS PARA LAS CONDENAS POR NARCOTRAFICO

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno de Sala de lo Penal del Tribunal Supremo unificó hoy los criterios que todos los tribunales del país deberán seguir a la hora de establecer las condenas por tráfico de drogas, según informaron fuentes del Alto Tribunal.

Concretamente, los magistrados deliberaro hoy sobre qué debe entenderse por cantidad de droga de "notoria importancia", expresión recogida en el artículo 369.3 del Código Penal, y las penas que deben imponerse al respecto, con el fin de evitar sentencias dispares.

Para los magistrados del Tribunal Supremo, el máximo órgano en materia penal, era necesario fijar un criterio que permitiera distinguir entre el gran y el pequeño narcotráficante.

Hasta ahora, una persona a quien se hubiera incautado 200 gramos podía ser condenado a la misma pna que aquel a quien habían sorprendido con 50 kilos del mismo estupefaciente.

A partir de ahora, el Tribunal Supremo establece que aquellas personas que se encuentren en posesión de un máximo de 500 dosis (consumo diario que puede tener un drogadicto) sean condenandas a penas de entre 3 y nueve años de prisión.

Si la cantidad de droga incautada supera las 500 dosis, la condena oscilará entre los 9 y los 13 años de prisión. Hasta ahora, el mínimo podía ser de tres años de cárcel.

(SERVIMEDIA)
01 Oct 2001
VBR