EL SUPREMO SENTENCIA QUE LAS INMIGRANTES NO PUEDEN SER EXPULSADAS POR EJERCER LA PROSTITUCION
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La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado la decisión del Gobierno Civil de Málaga de expulsar a una mujer extranjera por ejercer la prostitución, pese a residir legalmente en España, según una sentencia hecha pública hoy.
La resolución revocada declaró probado que la actividad de la mujer era "el presunto ejericio de la prostitución, lo que no constituye medio lícito de vida y se considera contrario al orden público".
Los hechos que dieron lugar al expediente de expulsión se produjeron cuando la policía llevó a cabo una operación en un bar en la que se detuvo a la mujer "con ropas de las que se deduce [...] que la actora estaba ejerciendo el alterne con los clientes de dicho bar", según consta en el atestado.
El Supremo recuerda que la actividad de alterne no es un delito y que su licitud ha sido admiida por el Alto Tribunal en diversas ocasiones.
De esta forma, los magistrados del Supremo confirman la sentencia dictada en su día por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía contra dicha resolución administrativa, alegando que era contraria al artículo 19 de la Contitución, que regula el derecho a circular libremente por España.
(SERVIMEDIA)
04 Dic 2001
VBR