EL SUPREMO RESTA CUATRO AÑOS A LA PENA IMPUESTA A UN GUARDIA CIVIL QUE ASESINÓ A DOS COMPAÑEROS E HIRIÓ A OTRO
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La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha rebajado en cuatro años la pena de 46 años y dos meses de cárcel impuesta al teniente coronel de la Guardia Civil, Antonio Peñafiel, por matar a dos oficiales y herir a un tercero en la Comandancia de Albacete. El crimen tuvo lugar el 17 de junio de 2003.
La Sala de Justicia del Tribunal Militar Central impuso el 15 de junio de 2005 a Peñafiel 20 años por el asesinato del comandante Isidoro Turrión, otros 16 por el del médico Francisco Naharro y 9 más por las lesiones al teniente coronel Antonio Roberto Lázaro Gabaldón, que le acababa de sustituir en el mando de la Comandancia de Albacete. Además, le castigaron con 14 meses de cárcel por tenencia ilítica de armas.
El Supremo, en una sentencia hecha pública hoy, modifica la pena decretada por las lesiones al teniente coronel Lázaro Gabaldón, al rebajarla de 9 a cinco años de prisión, alegando que las lesiones que sufrieron no fueron "muy graves", sino sólo graves.
El Supremo llega a esta conclusión "atendiendo a que las lesiones tardaron en curar no más de 90 días y que las secuelas consistieron en una obstrucción leve del flujo aéreo y una ligera restricción pulmonar que no merma su calidad de vida".
Además, a las indemnizaciones fijadas en un total de 744.000 euros por el Tribunal Militar Central, el Supremo añade otra de 49.000 euros en concepto de lucro cesante para la viuda del médico Francisco Naharro y sus cinco hijos.
El Supremo fija esta indemnización por los ingresos que dejó de percibir la familia de Naharro por su muerte. El Alto Tribunal tiene en cuenta que tanto uno de los cinco hijos del fallecido como su viuda sufren una minusvalía del 65 por ciento.
Esta indemnización de 49.000 euros se añade a la que el Tribunal Militar Central fijó para la viuda de Naharro y sus hijos por 325.000 euros.
RESPONSABLE CIVIL SUBSIDIARIO
Además, los magistrados rechazan el recurso planteado por el abogado del Estado, que fue declarado responsable civil subsidiario y, según el fallo recurrido, debe hacer frente a las indemnizaciones fijadas en este caso en 744.000 euros.
Para el Alto Tribunal, "resulta claro que la responsabilidad subsidiaria del Estado se vincula a que el autor del hecho lo haya cometido con ocasión del servicio público".
Peñafiel, tras cometer el crímen, se pegó un tiro en la cabeza, pero salvó la vida. Según el Tribunal Militar Central ese día Peñafiel padecía "un trastorno paranoide de la personalidad con rasgos narcisistas que no alteraba su intelecto y voluntad, pero deterioraba el control de sus impulsos, dificultándolo".
El tribunal consideró que el citado trastorno no le impedía "comprender la licitud del hecho" ni tampoco "actuar conforme a esa comprensión".
En su recurso, Peñafiel pidió al Supremo que se le aplicase la eximente incompleta de responsabilidad por enajenación mental transitoria. Sin embargo, el Alto Tribunal lo ha rechazado.
(SERVIMEDIA)
16 Mar 2006
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