EL SUPREMO REDUCE LA PENA DE CARCEL A UN ATRACADOR POR ALCOHOLISMO CRONICO Y ORDENA QUE SEA INTERNADO PARA SU TRATAMIENTO

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha reducido de 4 años a 6 meses de prisión la pena impuesta a un hombre por participar en el atraco a un banco, debido al alcoholismo crónico qe padece y que ha reducido su capacidad intelectual, por lo que ha ordenado que sea internado en un centro para su tratamiento.

Los hechos que han dado lugar a la sentencia se produjeron en la localidad de Porrera (Tarragona) el 4 de enero de 1996, cuando José V.C., Jesús M.J., Francisco G.B y Pedro M.R. se pusieron de acuerdo para atracar una sucursal de La Caixa de Tarragona.

Así, mientras los dos primeros realizaban las labores de vigilancia, los dos últimos entraron en la entidad bancaria, un con un machete de monte y pasamontañas, otro a cara descubierta y con un revólver que resultó ser de fogeo, y sustrajeron 778.500 pesetas.

Según consta en la sentencia del Tribunal Supremo, José V.C. presenta un "enolismo de larga duración", es decir, un alcoholismo crónico que, además, ha afectado su salud mental, de modo que "ha visto disminuida su capacidad mental de forma notable en un procentaje superior al 50 por ciento".

La Audiencia Provincial de Tarragona le aplicó la atenuante de enajeación mental y le condenó a más de cuatro años de cárcel por un delito de robo con intimidación, al considerar que su patología no le impedía distinguir entre el bien y el mal, aunque sí "saber el alcance concreto de sus actos, olvidándose rapidamente de las cosas y deviniendo una persona influenciable".

Sin embargo, el Supremo considera que su patología no atenúa su responsabilidad, sino que le exculpa parcialmente del delito cometido, por lo que le reduce la pena a 6 meses de cárcel y ordena su ingrso en un centro de deshabituación.

(SERVIMEDIA)
17 Abr 2003
VBR