EL SUPREMO OTORGA LA INDEMNIZACION A UNA VICTIMA DE ETA QUE PIDIO LA COMPENSACION DIEZ AÑOS DESPUES DEL ATENTADO QUE SUFRIO
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El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho a la indemnización a una víctima de ETA que solicitó la compensación 10 años después de haber sufrido el atentado que la banda terrorista ETA perpetró el 8 de noviembre e 1979, según una sentencia hecha pública hoy.
El atentado ocurrió en Sestao (Vizcaya) y consistió en el ametrallamiento del cuartel de la Guardia Civil de dicha localidad. Resultaron heridas tres personas, entre ellas el guardia civil a quien el Supremo concede ahora la indemnización.
La indemnización, solicitada el 7 de abril de 1989, le fue denegada en primera instancia, puesto que había transcurrido con creces el plazo establecido por la ley para solicitarla.
Sin embargo, la Sala de lo Cntencioso Administrativo del Tribunal Supremo recuerda que la víctima sufre las secuelas del atentado en el momento de pedir la indemnización, diez años después, concretamente una hernia quirúrgica y un daño psíquico que a partir de 1989 se convirtió en una "situación depresiva resistente al tratamiento".
Para el Supremo, si la situación que deriva del atentado es una enfermedad de larga evolución que todavía se encuentra en tratamiento en mayo de 1997, la Sala debió concluir que la curación no se haba producido y, por tanto, estimar la solicitud de la víctima.
"Las lesiones sufridas por el hoy recurrente determinaron su pase a la situación de retirado por inutilidad física, habiéndosele declarado invalidez absoluta, por lo que se debió reconocer al recurrente una indemnización", argumenta el Supremo.
(SERVIMEDIA)
05 Feb 2003
VBR