EL SUPREMO OBLIGA A REPETIR UN JUICIO POR JURADO Y ALEGA QUE EL JUEZ QUE REALIZO EL VEREDICTO LO HIZO DE FORMA CONFUSA
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo hizo pública hoy una sentencia en la que acuerda la repetición de un juicio realizadoen Barcelona a finales de 1996 mediante el sistema de Tribunal del Jurado, y alega que el magistrado-juez que redactó el veredicto lo hizo "de forma confusa y contradictoria".
En la sentencia, a la que tuvo acceso Servimedia, se da la razón al fiscal del caso, quien interpuso un recurso de apelación contra la sentencia alegando que el objeto del veredicto, sobre el que luego debatió el jurado, era defectuoso por varios motivos y acabó con la absolución de una ciudadana culpable de un delito de allanamento de morada.
En concreto, el fiscal alegó que el objeto del veredicto fue redactado de forma confusa y contradictoria, sin seguir el orden establecido por la Ley, modificando hechos en relación a cómo fueron configurados por la acusación y añadiendo hechos favorables al reo, no señalados en la vista oral por la defensa.
En primera instancia, el ministerio fiscal apeló al Tribunal de Cataluña, quien rechazó el recurso, si bien un voto particular emitido por un magistrado dejó constancia de las rregularidades, luego recogidas por la sentencia del Supremo.
El Supremo aprecia un "sistemático incumplimiento" de las normas que regulan la Ley del Jurado y destaca la importancia del objeto del veredicto que elabora el juez "porque una defectuosa redacción o un contenido incompleto o incoherente de dicho documento habrá de implicar insoslayablemente el defectuoso enjuiciamiento penal del Jurado".
CUMULO DE IRREGULARIDADES
La sentencia, de la que es ponente el último presidente de la Sala Segnda de lo Penal del Supremo, José Augusto de Vega, hace una recurrido por el "cumulo de irregularidades", que provoca que sea estimable el recurso de casación y que se celebre nuevamente el juicio.
El Supremo asegura que "el quebrantamiento de normas procesales existió" y destaca la redacción de un objeto de veredicto confuso y contradictoria que causa "manifiesta perplejidad que difícilmente puede conducir a un veredicto congruente".
Además, asegura que se añaden calificaciones jurídicas favorabes al acusado y, por el contrario, no se especifica correctamente la existencia de dos delitos de allanamiento de morada.
Finalmente el Alto Tribunal hace especial hincapié en la Ley del Jurado y dice que "la grandeza del jurado requiere ahora de mayor meticulosidad en el análisis de la cobertura legal que lo ampara".
(SERVIMEDIA)
03 Feb 1998
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