EL SUPREMO OBLIGA A PAGAR COMO HORAS ETRA LOS DESPLAZAMIENTOS DE LOS VIGILANTES JURADO PARA ENTREGA Y RECOGIDA DE ARMAS

- Siempre que se realicen fuera de la jornada habitual de trabajo, lo que ocurre en la mayoría de los casos

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo considera que los desplazamientos que realizan los vigilantes jurado, -habitualmente fuera de la jornada laboral-, para recoger su arma reglamentaria del depósito central y devolverla al final de su trabajo, deben ser abonados como horas extaordinarias.

En una sentencia a la que tuvo acceso Servimedia, el Alto Tribunal da la razón a un vigilante jurado que solicitó a su empresa que le pagaran la hora y media (4 viajes de 20 minutos) que realizaba cada día, por encima de su jornada, para recoger y depositar el arma de la central de su compañía.

Los magistrados unifican criterio con este fallo, donde se asegura que el desplazamiento que se hace antes de la jornada real de vigilancia "ha de computarse como tiempo de trabajo el empleadoen los desplazamientos para la recogida y entrega del arma en armero, situados en lugar distante del centro de trabajo".

(SERVIMEDIA)
08 Dic 2000
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