EL SUPREMO DESESTIMA EL RECURSO DE MARIO CONDE PARA PERSONARSE EN EL SUMARIO DEL"INFORME CRILLON"
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La Sala Segunda del Tribunal Supremo desestimó hoy el recurso de queja interpuesto por Mario Conde contra el auto de la misma sala de fecha 26 de mayo pasado, en el que denegaba al ex presidente de Banesto la personación en la causa especial 890/95 sobre el "informe Crillón".
Según denunció en su día el ex director general de la Guardia Civil Luis Roldán, este informe fue encargado por el Gobierno para investigar las sociedades privadas de Mario Cond y pagado con fondos reservados.
El Tribunal Supremo rechazó el recurso de Conde porque considera que "en todo caso el daño sufrido por el banquero se referiría a la intromisión ilegítima en su intimidad, que es competencia de la jurisdicción civil y no de la penal".
"La confección de un informe sobre la vida privada, sin excluir sus creencias y vida familiar, de una determinada persona puede constituir una intromisión ilegítima en su intimidad, que tiene unos cauces de protección adecuada en el rden jurisdiccional civil, pero no tiene de momento una proyección penal", continúa la respuesta del Supremo.
En los razonamientos jurídicos, el ponente de la Sala Segunda, José Antonio Martín Pallín, afirma que de las actuaciones practicadas hasta el momento presente "no se deduce que pueda presentarse como titular de derecho alguno (Mario Conde) y que haya resultado dañado u ofendido por los hechos que han dado lugar a la iniciación de la presente causa".
Además, el Supremo argumenta que nadie iscute que los hechos objeto de investigación se relacionan con Mario Conde, pero agrega que "no es suficiente para considerarle como titular de alguno de los bienes jurídicos que podrían verse afectados por los hechos que están siendo investigados".
El Tribunal Supremo puntualiza que si surgiera algún dato o revelación que mostrara la posibilidad de que en la confección del citado informe "se hubieran podido utilizar métodos contrarios a las leyes con unas determinadas finalidades", tal y como presum la defensa de Conde, "se abrirían automáticamente las puertas de acceso al procedimiento para que se pudieran ejercitar las acciones pertinentes".
(SERVIMEDIA)
04 Jul 1995
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