EL SUPREMO CONFIRMA LA CONDENA AL HOMBRE QUE AGREDIO CON UN HACHA A UN JUEZ DE DAIMIEL POR LA MUERTE DE SU HIJA
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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 10 meses de prisión menor por homicidio frustrado a Tomás Rincón, que agredió con un hacha a su yerno, Jesús Angel Guijarro, magistrado de la Audiencia de Ciudad Real, al que acusaba de haber porvocado la muerte de su hija, Consuelo, fallecida por un infarto de miocardio en diciembre de 1989.
En una sentencia hecha pública hoy, el Alto Tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por la acusación particular del caso, ue pidió un aumento de la condena por asesinato frustrado.
La Audiencia de Ciudad Real dictó sentencia en diciembre de 1991, en la que, aunque consideraba al procesado autor de un delito de homicidio frustrado, aplicaba la eximente incompleta de trastorno mental transitorio.
De acuerdo con la resolución, Tomás Rincón y su mujer padecían una fuerte conmoción por la muerte de su hija, después de recibir un golpe de su marido en una discusión durante la cena de Nochebuena.
El hombre atacó de foma súbita a su yerno días más tarde, cuando acudió a la casa de sus suegros en Daimiel a recoger a sus hijas, a las que había dejado unos días con sus abuelos.
Según los psicólogos, el agresor sufrió "un estrechamiento de su conciencia" y un "cortocircuito" que disminuyeron su voluntad y control sobre sus actos de forma considerable.
La acusación particular, en representación del juez agredido, recurrió el fallo por infracción de ley al no haberse aplicado la agravante de alevosía, ya que estimab que el agresor intentó asegurarse del éxito de su atentado, al atacar por la espalda y de forma súbita al magistrado, impidiéndole cualquier actitud de defensa.
El Tribunal Supremo desestima sin embargo estos argumentos matizando que el procesado carecía de la suficiente lucidez, "debido a la intensidad y rapidez del trastorno", para captar "el alcance de los medios o instrumentos utilizados y ni siquiera la forma de agresión".
Tomás Rincón, que ya cumplió su condena en situación de prisión prevntiva, deberá indemnizar a su yerno con 10 millones de pesetas por los daños físicos causados.
(SERVIMEDIA)
15 Jun 1993
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