ETA

EL SUPREMO CONFIRMA EL AÑO DE CÁRCEL PARA DOS HINCHAS DE LA REAL SOCIEDAD QUE ONDEARON UNA BANDERA DE ETA EN UN PARTIDO

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un año de cárcel impuesta por un delito de enaltecimiento del terrorismo a Ander Arabiotorre y Jagoba García, dos hinchas de la Real Sociedad que exhibieron una bandera con el anagrama de ETA durante un partido de fútbol.

En la sentencia hecha pública hoy, los magistrados de la Sala de lo Penal desestiman el recurso interpuesto por Arabiotorre y García contra la sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que les condenó en noviembre de 2007 a año de cárcel para cada uno.

Los condenados recurrieron la pena impuesta por la Audiencia Nacional al entender que ese tribunal incurrió en un error en la apreciación de las pruebas y que se vulneró su derecho a la presunción de inocencia.

Los hechos por los que han sido condenados se remontan al 5 de febrero de 2006, cuando, en un partido que enfrentaba a la Real Sociedad y al Mallorca en el estadio donostiarra de Anoeta, Arabiotorre y García exhibieron durante todo el encuentro una bandera en la que aparecía la palabra ETA sobre el dibujo de una serpiente enroscada a un hacha, símbolo de la banda armada.

La citada bandera mostraba sobre fondo azul una estrella roja de cinco puntas y sobre ella el escudo de la Real Sociedad. Además, tenía una franja blanca, que ocupaba un tercio de la tela, con el anagrama de ETA y el lema de la banda, "Bietan Jarrai".

Arabiotorre y García, que se encontraban situados en el anfiteatro de la zona sur del estadio, fueron identificados gracias al circuito de televisión interno del estadio y agentes de la Ertzaintza los detuvieron al finalizar el encuentro.

Durante el juicio, celebrado en noviembre de 2007, tanto Arabiotorre como García aseguraron en su defensa que no eran conscientes de que la bandera que enarbolaban tuviese el anagrama de ETA. "No me di cuenta de que la bandera tenía el anagrama de ETA", aseguró Arabiotorre en la vista oral.

En su sentencia, los magistrados del Supremo señalan que "no puede pretenderse el absurdo de que dos personas durante una hora y media que dura el partido y un cuarto más el descanso encuentren una bandera tirada y sin percatarse que contenido exhibe (deberían tener bien cerrados los ojos) la desplieguen y enarbolen".

Para los magistrados esto significaría que Arabiotorre y García "estaban dispuestos a desplegar y ondear la bandera cualesquiera que fueran los símbolos que exhibiese, incluso aunque llevase plasmado los símbolos y emblemas del equipo contrario, lo que es un absurdo".

A pesar de la confirmación de la condena a un año de cárcel, García y Arabiotorre no ingresarán en prisión, ya que el Código Penal establece que, para penas inferiores a dos años, no se va a la cárcel si no se tienen antecedentes penales, como es el caso de los dos condenados.

(SERVIMEDIA)
15 Oct 2008
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