EL SUPREMO APOYA EL INDULTO A TEJERO PARA OLVIDAR "UNOS HECHOS QUE DEBEN QUEDAR EN EL PASADO"

MADRID
SERVIMEDIA

El pleno de la Sala de lo Militar dl Tribunal Supremo ha informado a favor de la concesión del indulto al ex teniente coronel Antonio Tejero, condenado como protagonista de la intentona golpista del 23-F, por estimar que se trataría de un "medida de clemencia" que contribuiría a olvidar unos hechos "que deben ya quedarse en el pasado".

En un escrito remitido hoy al Ministerio de Justicia, cinco de los ocho magistrados que componen el pleno de la sala de lo militar aprueban la medida de gracia, mientras que los otros tres, el presidenteJosé Jiménez Villarejo, Javier Sánchez del Río y Arturo Gimeno, se oponen porque el ex militar no ha dado muestras de arrepentimiento ni de acatamiento a la Constitución.

La petición de indulto fue formulada en noviembre de 1992 por la Archicofradía de la Celeste Real y Militar Orden de Nuestra Señora de la Merced, una asociación de mujeres de militares, y contó con la aprobación del ex militar, hasta entonces reacio a cualquier solicitud de clemencia.

En el informe favorable al indulto del Tribual Supremo, que no es vinculante a la decisión última que adopte el Gobierno, la Sala de lo Militar indica que "no parece existir motivos para suponer que una eventual concesión del indulto pudiera perjudicar a terceros. No hay parte ofendida".

El pleno reconoce que no existen "motivos de justicia" que aboguen a la estimación del indulto, ya que ante la gravedad del delito y su transcendencia, la condena impuesta era "la adecuada y justa".

No obstante, resalta que dado el tiempo transcurrido desd la comisión del delito "la alarma pública que aquellos hechos provocaron se haya notoriamente menguada y los efectos ejemplarizantes e intimidatorios de la pena pueden considerarse suficientemente logrados".

Al mismo tiempo, subraya que Tejero es el único de los militares revelados que sigue manteniendo "un régimen severo de reclusión", ya que Miguel Milans del Bosch, quien goza de régimen abierto penitenciario y Alfonso Armada fue indultado.

"Razones en cierto sentido extrajurídicas de covenienia pública pudieran también inclinar la opinión favorable a un sentido de clemencia y porbablemente se traducirá en una aceptación social que contribuiría al olvido de los efectos de unos hechos que deben ya quedarse en el pasado", añade el texto.

FALTA DE ARREPENTIMIENTO

La opinión de la sala de lo militar ha sido contraria al informe emitido por el fiscal, que se mostró en contra ante la falta de arrepentimiento del acusado y su reincidencia, ya que un año antes del 23-F, fue condenado a siete mess de arresto por un delito de conspiración por la denominada "operación Galaxia", en la que planeo otro golpe de estado.

Por contra, la sala de lo militar argumenta que aunque la Ley del Indulto es reacia a conceder la medida de gracia a los reincidentes, el texto vigente, que data de 1870, hace una excepción para determinados tipos de delito, entre ellos los de rebelión.

Agrega además que aunque el informe de la dirección de la prisión de Alcalá de Henares sólo alude a la buena conducta del ex mlitar, pero sin observar en él pruebas de arrepentimiento, Tejero muestra "algún indicio de sumisión y de petición de perdón" al haber aceptado que la solicitud del indulto se hiciera en su nombre.

EFECTO PACIFICADOR

Las teorías defendidas por la mayoría del pleno no han contado con la aprobación entre otros del presidente de la sala de lo militar, José Jiménez Villarejo, que en su voto particular estima que el indulto a Tejero no puede tener un efecto pacificador en la sociedad española "por la senilla razón de que la pacificación de esta sociedad fue el fruto de la aprobación y vigencia de la Constitución de 1978 que reconcilió a los españoles".

El magistrado resalta que el acto que protagonizó Tejero "estuvo encaminado precisamente a destruir esa paz y a imponer de nuevo por la fuerza una situación política beligerante frente a la voluntad manifestada contra el pueblo español".

Para Jiménez Villarejo, "no parece excesivo decir que el pueblo de tal modo ofendido tiene derecho a esperar qu su ofensor antes de ser perdonado muestre de forma explícita que el desprecio que demostró ante el ordenamiento constitucional se ha vuelto en arrepentimiento".

Antonio Tejero, de 61 años, tan sólo había podido obtener hasta el momento algunos beneficios penitenciarios como "frecuente y periódico donador de sangre", ya que la Sala de lo Militar anuló el año pasado la concesión de 4 años de redención de pena otorgada por la prisión de Alcalá de Henares, porque había pintado más de 300 lienzos durantessu estancia en el centro penitenciario.

No obstante, hace apenas una semana, el Supremo reconció al ex teniente coronel su derecho a la progresión de grados, abriendo la puerta para concederle el régimen abierto.

(SERVIMEDIA)
14 Sep 1993
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