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EL SUPREMO APLAZA LA PRACTICA DE UNA PRUEBA PARA DECIDIR SI TRAMITA LA REVISION DE LA PENA CAPITAL DE SALVADOR PUIG ANTICH

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha aplazado la práctica de una prueba infográfica, prevista para este jueves, para decidir si tramita la revisión de la pena capital impuesta al anarquista catalán Salvador Puig Antich, que fue ejecutado el 2 de marzo de 1974 mediante garrote vil, según informaron fuentes jurídicas.

El aplazamiento se ha producido a petición de los abogados del caso, que no pueden acudir el jueves al Tribunal Supremo porque tienen que asistir ese mismo día a otros señalamientos de causas penales, que tienen preferencia.

La práctica de la citada prueba infográfica, solicitada por la familia de Puig Antich para demostrar la inocencia de éste, fue acordada el pasado 1 de febrero por la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo.

La prueba infográfica reconstruye la muerte del policía Francisco Anguas Barragán, que, según la justicia militar del franquismo, fue asesinado por Salvador Puig Antich, en el curso de un tiroteo acaecido cuando seis agentes fueron a detenerle a él ya Francesc Garriga, miembro del movimiento Ibérico de Liberación.

Los magistrados del Tribunal Supremo adoptaron la decisión de practicar esta prueba infográfica en virtud del artículo 957 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que "la sala, previa audiencia del Ministerio Fiscal, autorizará o denegará la interposición del recurso (de revisión)" y que "antes de dictar la resolución, la sala podrá ordenar, si lo entiende oportuno y dadas las dudas razonables que suscite el caso, la práctica de las diligencias que estime pertinentes".

Una vez practicada esta prueba, la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo continuará con las deliberaciones para decidir si revisa o no la condena que llevó a la ejecución de Puig Antich.

Según establece el artículo 954.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el recurso de revisión, que tiene carácter extraordinario, tiene lugar "cuando después de la sentencia sobrevenga el conocimiento de nuevos hechos o de nuevos elementos de prueba, de tal naturaleza que evidencien la inocencia del condenado".

La Fiscalía de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha informado en contra de la admisión a trámite de este recurso de revisión, planteado por la familia de Puig Antich.

(SERVIMEDIA)
18 Abr 2006
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