EL SUPREMO AFIRMA QUE SE LIMITO A APLICAR LA LEY EN LA SENTENCIA POR EL ABUSO A DOS MENORES
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Los magistrados de Sala de lo Penal del Tribunal Supremo aseguran que aplicaron la ley en la sentencia por la que redujeron a la mitadla pena impuesta a un hombre que abusó de dos menores, hijas de su compañera sentimental, al no apreciar que en la conducta del condenado hubiera intimidación.
Así consta en una nota hecha pública hoy, en la que salen al paso de las críticas que ha suscitado la polémica sentencia y aseguran que, por la fecha en la que ocurrieron los hechos, sólo podían aplicar el Código Penal de 1995 "en su redacción original".
Los magistrados explican que la ley vigente en el momento de los hechos distinguía dostipos de conductas contra la libertad sexual, las producidas mediante intimidación o violencia (agresión sexual) y las cometidas con abuso de superioridad (abuso sexual), que estaban castigadas con una pena "sensiblemente más benigna".
"El Tribunal Supremo no está autorizado a introducir modificaciones en las leyes vigentes constituyéndose en legislador. Y por eso no podría haber prescindido de la diferencia existente entre la intimidación y el prevalimiento", aclaran.
De esta forma, el Supremo s defiende de las voces que han criticado su decisión de no asimilar como intimidación la situación de superioridad que el condenado tuvo frente a las dos niñas en el momento de abusar de ellas.
Asimismo, los magistrados hacen hincapié en que "la condena total impuesta al acusado en esta causa fue de ocho años y tres meses de privación de libertad, que no es una pena banal si se tiene en cuenta que un delito de homicidio puede ser castigado con diez años de prisión".
(SERVIMEDIA)
06 Feb 2004
VBR