Morosidad

Solo el 17% de las empresas españolas inicia el recobro cuando vencen las facturas impagadas

MADRID
SERVIMEDIA

Solo el 17% de las empresas españolas inicia acciones de recobro cuando se produce el vencimiento de una factura impagada, mientras que únicamente el 5% de las empresas es sistemático a la hora de reclamar su derecho al cobro de intereses de demora y la práctica totalidad reclama por debajo del 12% que marca la ley.

Así se desprende de los datos recogidos en la oleada de otoño del ‘Estudio de la Gestión del Riesgo de Crédito en España’, que impulsan Crédito y Caución e Iberinform.

Según este informe, aunque esta cifra refleja un cierto endurecimiento de las acciones de recobro frente a los valores de hace un año, sigue siendo un porcentaje bajo de cara a la eficacia del recobro. Las empresas que otorgan a sus clientes plazos adicionales superiores a los 90 días antes de poner en marcha estos procesos suponen un significativo 29% del total.

La Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se imponen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, reconoce el derecho de los proveedores a reclamar intereses de demora si los clientes retrasan el pago de sus facturas. Sin embargo, el porcentaje de empresas que renuncia totalmente a la aplicación de estos intereses se sitúa en el 61%. Solo el 5% de las empresas es sistemático a la hora de ejercer su derecho.

En el último año, debido al endurecimiento de la política monetaria, el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales, sin necesidad de preaviso o requerimiento al cliente, ha pasado del 8% al 12%. Sin embargo, entre quienes aplican intereses de demora, el 82% de las empresas reclama por debajo del 5%. El porcentaje de empresas que reclama el tipo de interés que marca la ley en defecto de pacto ni siquiera alcanza el 1%.

(SERVIMEDIA)
09 Ene 2024
DMM/gja