Fiscalidad
El Senado aprueba los impuestos a energéticas, banca y grandes patrimonios, que entrarán en vigor el 1 de enero
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El Pleno del Senado aprobó este miércoles la proposición de ley que contiene los nuevos impuestos a las grandes energéticas y a las entidades bancarias, así como el nuevo gravamen a las grandes fortunas, que entrarán en vigor el próximo 1 de enero como pretendía el Gobierno.
La norma salió adelante tras rechazar el veto del PP y las 72 enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios. Gracias al apoyo de ERC, EH Bildu y PNV, la propuesta de PSOE y Unidas Podemos salió adelante con 139 ‘síes’, 106 ‘noes’ y 12 abstenciones, aunque los ‘jeltzales’ apoyaron distintas modificaciones planteadas al texto.
El texto, sin embargo, se mantuvo en los términos en los que salió del Congreso de los Diputados, como quería el Ejecutivo, gracias a los votos de los independentistas catalanes y los ‘abertzales’, un hecho que fue reprochado por distintos grupos parlamentarios durante el debate parlamentario.
De haberse aprobado una sola enmienda, el texto tendría que haber vuelto a la Cámara Baja, lo que hubiera demorado su aprobación definitiva y hubiera puesto en peligro su aplicación a partir del primer día de 2023, aunque el Ejecutivo tenía todavía una semana de margen.
“Como aquí ya se dijo, esta ley tiene que salir sí o sí hoy de aquí. Había plazo para mejorarla. Ustedes no han querido y no quieren. Por lo tanto, la responsabilidad será única y exclusivamente suya”, resumió Juan Manuel Juncal, senador del PP.
Desde la oposición criticaron que el impuesto a las energéticas grave la facturación y no los beneficios, advirtieron de que el tributo a la banca se repercutirá en los ciudadanos y mostraron su rechazo al gravamen a los grandes patrimonios por anular el efecto de las bonificaciones al Impuesto sobre el Patrimonio.
Desde el PSOE, en cambio, el senador Cosme Bonet defendió que estos gravámenes temporales son necesarios para financiar las medidas aprobadas para hacer frente a la crisis derivada de la guerra de Ucrania. “Estos tiempos extraordinarios nos obligan a tomar medidas extraordinarias y se tiene que tomar partido: o bien con las clases medias y trabajadoras de nuestro país, o bien con los grandes intereses”, señaló.
CONTENIDO DE LOS IMPUESTOS
Los tres gravámenes son temporales y se aplicarán en 2023 y 2024, con la posibilidad de que sean permanentes una vez que se analicen al término de su vigencia. El Gobierno estimó una recaudación anual de 2.000 millones con el impuesto a las energéticas y de 1.500 millones con el de la banca, cuantías que podrían verse reducidas tras los cambios aplicados a la proposición de ley en el Congreso de los Diputados.
Las principales novedades fueron que se eximió del impuesto a las energéticas la actividad fuera de España, así como el negocio regulado. También se estableció que el impuesto a la banca va a alcanzar también a las sucursales que tienen en España los bancos extranjeros y no solo sobre las entidades de crédito y establecimientos financieros con ingresos por intereses y comisiones superiores a 800 millones de euros.
En cuanto al impuesto a las grandes fortunas, que se incluyó durante la tramitación en la Cámara Baja, será del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros, del 2,1% para los patrimonios entre 5,3 y 10,6 millones, y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros. Además, para la determinación de la base imponible de este impuesto, resultarán aplicables las reglas contenidas en la Ley del Impuesto del Patrimonio, de manera que se incluye una reducción en concepto de mínimo exento de 700.000 euros.
Por ello, la configuración del nuevo impuesto “coincide básicamente con la del Impuesto sobre el Patrimonio, tanto en cuanto a su ámbito territorial, exenciones, sujetos pasivos, bases imponible y liquidable, devengo y tipos de gravamen, como en el límite de la cuota íntegra”, y el “carácter de complementario” al Impuesto de Patrimonio se produce en la deducción de la cuota de éste, para evitar la doble imposición.
El impuesto a las compañías energéticas gravará su cifra de negocios anual con un tipo del 1,2%, mientras que el nuevo tributo a aplicar a las entidades financieras gravará con un 4,8% sus ingresos anuales en intereses y comisiones.
La proposición de ley contempla la prohibición expresa del traslado del coste de estos tributos al cliente final, quedando en ambos casos la supervisión de que esto se cumple a cargo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), aunque en el caso del impuesto sobre las entidades financieras también tendrá competencias el Banco de España, que colaborará con la CNMC.
(SERVIMEDIA)
21 Dic 2022
PTR/clc