SEIS MESES DE INHABILITACION PARA EL COMISARIO BALLESTEROS POR UN DELITO DE PREVARICACION
- El policía anuncia recurso
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La Sección primera de la Audiencia de San Sebastián condenó hoy al Comisario de Informació de la Secretaría del Estado para la Seguridad, Manuel Ballesteros, a seis años y un día de inhabilitación especial y al pago de las costas por un delito de prevaricación.
El Tribunal considera probado que el 23 de noviembre de 1.980, tres individuos, en un vehículo "R-18 TS" verde, con matrícula francesa, cruzaron violentamente la frontera franco española por el puente de Santiago en Irún, sin detenerse en el control francés, y tras derribar la barrera metálica de canalización, fue a colisionar en laparte española con un vehículo.
Las tres personas se entregaron a los funcionarios de policía españoles quienes comprobaron que carecían de toda documentación. Aquellos dijeron ser colaboradores policiales por lo que dieron un número de teléfono de Madrid desde donde se ordenó que "se les pusiera en libertad, dándoles todas las facilidades".
Después de presentarse en el puesto fronterizo diversos funcionarios fronterizos franceses y solicitando la entrega de los tres individuos, se produjo una siuación de tensión en el puesto, por lo que se ordenó "simular detención y traslado a Irún para ser puestos en libertad". Horas más tarde, se recibió en el puente la orden de que "a los individuos retenidos se les dé bola, es decir, no vimos ni oimos nada".
La sentencia estima que "el funcionario público del cuerpo Superior de Policía que dispuso personalmente por teléfono, no obstante conocer todas las circunstancias expuestas, la libertad de los tres individuos mencionados, fue Manuel Ballesteros, maor de edad y sin antecedentes penales, a la sazón titular de la Comisaría General de Información, sin proceder a su identificación, sin recibirles declaración, ni confeccionar atestado, ni tomar datos del vehículo, ni dar cuenta a la autoridad Judicial".
En sus fundamentos jurídicos, asegura que, pese a ser el acusado funcionario público y, en vez de acometer sus funciones propias, "nada de esto se hizo", asegura el Tribunal y añade que Ballesteros tenía "plena conciencia de la antijuridicidad de su ación, atendida su alta cualificación que le permitía conoce perfectamente el alcance de la conducta de los tres individuos y de la propia".
ANTECEDENTES
La sentencia será recurrida ante el Tribunal Supremo por el abogado defensor de Manuel Ballesteros, Iñaki González.
El comisario Ballesteros fue condenado en 1985 a tres años de suspensión de empleo por un delito de denegación de auxilio a la justicia, al negarse a dar los nombres de los tres presuntos confidentes que presuntamente habían cometdo un atentado en el bar L'Hendayais donde murieron dos personas y otras diez resultaron heridas.
Tras recurrir esta sentencia, el Alto Tribunal absolvió al funcionario al considerar que había incurrido en el "error" de pensar que la confidencialidad de los nombres de las tres personas, era anterior al auxilio de la justicia.
La sentencia del Supremo dejó abierta la posibilidad de que se volviera a preguntar a Ballesteros sobre los nombres de las citadas personas, a lo cual se volvió a negar, lo ual hizo posible la celebración de la vista por la que ha sido condenado.
En un primer momento, la Fiscalía y el abogado de la acusación popular solicitaron que fuera juzgado por los delitos de prevaricación y por denagación de auxilio a la justicia, éste último fue rechazado al considerar que había sido un hecho juzgado.
(SERVIMEDIA)
01 Mar 1994
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