SEIS AÑOS DE PRISION POR QUEMAR UN CAJERO AUTOMATICO EN UN ACTO DE "KALE BORROKA"
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La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a seis años de prisión a Orkatz Gallastegui Sodupe por haber quemado un cajero automático en un acto de "kale borroka" ocurrido en marzo de 2002.
Los hechos que han dado lugar a la sentencia se produjeron sobre las 23,15 horas del día 15 de marzo de 2002. Los magistrados consideran probado que Orkatz Gallastegui Sodupe, junto con otros individuos y actuando en el ámbito de la llamada "lucha callejera" o "kale borroka", colocó un artefacto explosivo-incendiario en el cajero de una sucursal de la entidad La Caixa ubicada en los bajos de un inmueble de viviendas particulares, en la localidad de Getxo (Vizcaya).
Una vez que Gallastegui Sodupe, que iba encapuchado, junto con los otros individuos, accionó el referido sistema explosivo, provocó el estallido de los cartuchos de gas y una fuerte explosión que causó daños por valor de 17.199,21 euros.
Para los magistrados, los hechos descritos son constitutivos de un delito de daños terroristas del que es responsable el citado Orkatz Gallastegui Sodupe, al que impone una pena de seis años de prisión.
(SERVIMEDIA)
29 Abr 2005
VBR