SEGURIDAD. EL GOBIERNO APRUEBA LA REFORMA DEL CODIGO PENAL
- Cuatro faltas se convertirán en un delito
- Los casos de violencia doméstica serán delito
- Se endurecen las penas para los narcotraficantes, y los inmigrantes ilegales que delincan serán repatriados
- Se consideran como delito las agresiones ocurridas en el ámbito de la violencia doméstica. Cualquier agresión aislada que antes se contemplaba como falta ahora será delito, lo que permitirá la adopción de medidas cautelares como la prisión provisional o el alejamiento.
- Endurecimiento de las penas. El juego conjunto de la calificación como delito y de la reincidencia como agravante cualificada conlleva una myor dureza en la condena.
- Sustitución de las penas. Las conductas que el actual Código Penal califica como faltas están castigadas con arresto de tres a seis fines de semana o multa de uno a dos meses. Su elevación a delito supondrá que las mismas están penadas con prisión de tres a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad.
- El delito de violencia doméstica se condena en todo caso, además, con la pena de privación del derecho de tenencia y porte de armas.
- Es obligatorio acorda la pena de alejamiento para los delitos contra las personas cometidos en el ámbito familiar.
- Se duplica la duración de la pena de alejamiento, pasando de cinco a diez años.
- El alejamiento se acuerda por tiempo superior a la pena de prisión, protegiendo a la víctima, incluso una vez finalizada la condena.
- La pena de alejamiento conlleva la suspensión del régimen de visitas, comunicación y estancia con los hijos hasta que se agote la duración de la pena.
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El Consejo de Ministros aprobó hoy el anteproyecto de ley orgánia de medidas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros y el anteproyecto de Ley Orgánica de Reforma del Código Penal.
Ambas disposiciones, que, según el Gobierno, "mejorarán la lucha contra la delincuencia y aumentarán, en consecuencia, la seguridad ciudadana", serán enviadas a informe al Consejo General del Poder Judicial y a la Fiscalía General del Estado. En total, suponen la modificación de 175 artículos del Código Penal.
El primer texto leal, que el Gobierno tratará con carácter de urgencia, se refiere a medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros, ley que se concibe como complemento de la puesta en marcha, el próximo 28 de abril, de los juicios rápidos.
Entre los aspectos esenciales que contempla la ley están los siguientes:
HABITUALIDAD
La comisión en el plazo de un año de cuatro faltas de hurto (artículo 623.1), que hoy pueden ser sancionados con arrestos deocho a veinticuatro fines de semana, pasarán a ser sancionados como delito tipificado en el artículo 234, castigándose con la pena de prisión de seis a dieciocho meses.
Lo mismo ocurrirá con la reiteración de cuatro faltas de lesión del artículo 617 en el plazo de un año, que pasará a considerarse delito del artículo 147, con la condena de tres a seis meses de cárcel, y con la comisión de cuatro faltas en un año por la sustracción de vehículos del artículo 623.3, que pasará a considerarse delito del atículo 244.
REINCIDENCIA
Se modifica el artículo 66 del Código Penal, de manera que la reincidencia constituye un agravante cualificado. De este modo, cuando un delincuente sea condenado por tres delitos de la misma naturaleza, la comisión del cuarto delito se podrá sancionar con la pena superior en grado. Si la pena prevista era de seis meses a tres años, la condena podrá ser ahora de tres años a cuatro años y tres meses.
VIOLENCIA DOMESTICA
El nuevo Código Penal endurece las penas a los malratadores y aumenta la protección a las víctimas. Las novedades que se incorporan son:
- Se consideran como delito las agresiones ocurridas en el ámbito de la violencia doméstica. Cualquier agresión aislada que antes se contemplaba como falta ahora será delito, lo que permitirá la adopción de medidas cautelares como la prisión provisional o el alejamiento.
- Endurecimiento de las penas. El juego conjunto de la calificación como delito y de la reincidencia como agravante cualificada conlleva una myor dureza en la condena.
- Sustitución de las penas. Las conductas que el actual Código Penal califica como faltas están castigadas con arresto de tres a seis fines de semana o multa de uno a dos meses. Su elevación a delito supondrá que las mismas están penadas con prisión de tres a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad.
- El delito de violencia doméstica se condena en todo caso, además, con la pena de privación del derecho de tenencia y porte de armas.
- Es obligatorio acorda la pena de alejamiento para los delitos contra las personas cometidos en el ámbito familiar.
- Se duplica la duración de la pena de alejamiento, pasando de cinco a diez años.
- El alejamiento se acuerda por tiempo superior a la pena de prisión, protegiendo a la víctima, incluso una vez finalizada la condena.
- La pena de alejamiento conlleva la suspensión del régimen de visitas, comunicación y estancia con los hijos hasta que se agote la duración de la pena.
INMIGRANTES
En el caso deextranjeros que residen ilegalmente en España, se modifican los artículos 89 y 108 con el fin de establecer la sustitución de una pena de privación de libertad inferior a seis años por la repatriación y la prohibición de volver a España los diez próximos años. Asimismo, se modifica el artículo 57.4 de la Ley sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España, para evitar que la comisión reiterada de delitos paralice el proceso de expulsión de un inmigrante ilegal.
Se modifica el artículo 149 delCódigo Penal, estableciéndose como delito singular de lesión la mutilación genital. Se modifican los artículos 9.2 y 107 del Código Civil para otorgar a las mujeres inmigrantes que residan en España los mismos derechos de separación o divorcio, y el consiguiente régimen con relación a los hijos, si los hubiera, que tienen las mujeres de nacionalidad española.
Igualmente, se modifica el artículo 318 del Código Penal, imponiendo la pena de cuatro a ocho años de prisión a quienes trafiquen con seres humaos y de cinco a diez años cuando ese tráfico tenga como propósito la explotación sexual.
NUEVAS PENAS Y DELITOS
El otro texto legal tiene por objeto modificar las penas y los delitos del Código Penal con el fin de incorporar nuevas realidades delictivas o sustituir penas que se han demostrado ineficaces y agravar la comisión de determinados delitos.
Para ello, se definen catorce nuevos tipos penales, como los referidos a la sustracción de teléfonos móviles, protección de la propiedad intelectua, maltrato de animales y violencia en el deporte. Otros delitos amplían su ámbito de protección, como los relativos a pornografía infantil, narcotráfico, acoso sexual, blanqueo de capital, falsificación de moneda, etcétera.
Se suprime la pena de arrestos de fines de semana, ya que, según el Gobierno, se ha acreditado su ineficacia tras siete años de experiencia. Esta pena es sustituida, según la naturaleza y gravedad del delito, por condenas de prisión, multa, trabajos en beneficio de la comunidad o l localización permanente. Esta nueva pena obligará al condenado a estar controlado mediante pulsera electrónica durante el tiempo y en las condiciones que fije el juez sentenciador.
La reforma potencia algunas penas, como la de alejamiento, trabajos en beneficio de la comunidad y el comiso. Este último alcanzará, en determinados casos, a los bienes utilizados para la comisión del delito y al valor equivalente del beneficio obtenido en la acción delictiva, aunque su origen sea lícito.
Otra novedades la incorporación de la responsabilidad de las sociedades cuando quien comete determinados delitos las utiliza como instrumento o tapadera para la comisión de los mismos. Singularmente, se aplica en crimen organizado, terrorismo, narcotráfico o fraude.
El delito de narcotráfico se endurece al aplicarse las agravantes a un mayor número de casos, entre ellos el de la utilización de menores o disminuidos físicos para cometer estos delitos o si se hiciese uso de armas. De igual manera, se establece de frma aún más dura la responsabilidad de las sociedades que se utilicen como tapadera para cometer delitos de narcotráfico, y se prevé tanto la prohibición de obtener subvenciones y ayudas públicas, como el comiso de los bienes que sirvan para preparar el delito.
(SERVIMEDIA)
17 Ene 2003
CAA