Tribunales

La Sala Penal de la Audiencia Nacional archiva el expediente gubernativo a García Castellón por su recusación en la causa de Tsunami Democràtic

MADRID
SERVIMEDIA

El presidente en funciones de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Alfonso Guevara, ha archivado el expediente gubernativo abierto en relación con la inadmisión acordada por el juez Manuel García Castellón de la recusación que había presentado uno de los investigados en la causa de Tsunami Democratic.

En un acuerdo, Guevara explica que, de conformidad con los artículos 224 y 225 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el órgano procesalmente competente para resolver el eventual recurso que se hubiera podido formular sobre la inadmisión de la recusación es la Sección Tercera de la Sala de lo Penal y no el Pleno.

Guevara abrió el pasado martes un expediente gubernativo en el que acordaba requerir al juez Manuel García Castellón el escrito de recusación presentado por uno de los investigados en la causa de ‘Tsunami Democràtic’, Oleguer Serra, que el instructor inadmitió por providencia el pasado 15 de noviembre.

El presidente de la Sala daba curso así al escrito presentado por la defensa de Oleguer Serra en el que informaba de la inadmisión de su recusación a través de providencia e indicaba que “siendo la Sala de lo Penal la competente para resolver los incidentes de abstención y recusación de los magistrados-jueces centrales de instrucción de la Audiencia Nacional (artículo 224.1.5 de Ley Orgánica del Poder Judicial) oficiese al Ilmo sr. Magistrado-juez del Juzgado Central de Instrucción 6 a fin de que remita copia del escrito” presentado.

García Castellón acordó el pasado día 15 de noviembre la inadmisión del incidente de recusación promovido por Oriol Sole de dos de los investigados en la causa de Tsunami Democratic, Oriol Sole y Oleguer Serra, por unas manifestaciones del magistrado en el Foro ‘La Región de Ourense’ el pasado 5 de octubre de 2023.

En aquellas manifestaciones el magistrado señaló: “Yo únicamente como ciudadano puedo decir dos cosas. Uno, que en la Constitución tampoco está prohibida la esclavitud y sin embargo no es posible. Y no está prohibida expresamente. Y dos, bien, estos señores han dicho en cuanto puedan van a volver a repetirlo, por lo tanto ¿será esta amnistía la primera de muchas otras después?”.

Dichas manifestaciones, sostienen los recurrentes, guardan relación con los hechos que han motivado el dictado de la resolución de hace una semana por la que se les cita a declarar como investigado en la causa de Tsunami Democràtic y suponen que el magistrado tiene interés directo o indirecto en dicho procedimiento.

El titular del Juzgado Central de instrucción Seis explicó en ese momento que la circunstancia en la que se fundamenta la recusación tuvo lugar el 5 de octubre en el marco del Foro 'Región de Ourense' y, sin embargo, su defensa, no ha presentado el escrito de recusación hasta el 7 de noviembre, más de un mes después.

“En consecuencia, se trata de un supuesto evidente de inadmisión, toda vez que pese a ser un hecho notorio la presencia de este magistrado en el referido Foro, y pese a tener conocimiento de ello la parte recusante, espera al 7 de noviembre de 2023 para interponer el escrito de recusación, pese a tratarse de una parte personada desde, al menos, el 5 de noviembre de 2021. Por todo ello, el escrito de recusación debe ser inadmitido” sin entrar en el fondo de la cuestión planteada, concluye el instructor.

(SERVIMEDIA)
23 Nov 2023
SGR/gja