VIVIENDA

LA RIOJA ACTUALIZA EL PRECIO MÁXIMO DE VENTA A PARTIR DE SEGUNDAS TRANSMISIONES DE VPO

MADRID/LOGROÑO
SERVIMEDIA

El Gobierno de La Rioja aprobó hoy el Decreto por el que se actualiza el precio máximo de venta y de renta en las segundas o posteriores transmisiones de las Viviendas de Promoción Pública en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

El objetivo de esta medida es conseguir que la figura protegida cumpla su función social a lo largo del tiempo, "garantizando su justa revalorización en relación de la evolución de los precios del mercado y de las obras de mantenimiento realizadas", según reza el acuerdo.

En la actualidad, según el Gobierno que preside Pedro Sanz, los precios de estas viviendas se encuentran "obsoletos y presentan un claro desequilibrio" en el mercado inmobiliario, comparado con el resto de viviendas de protección oficial.

Ante esta situación, el Decreto pretende revisar las condiciones de transmisión de las viviendas de protección oficial de promoción pública, actualizando el precio máximo de venta y renta en segundas o posteriores transmisiones así como las condiciones de acceso a los nuevos compradores y arrendatarios.

La medida se aplica a las viviendas protegidas de la Comunidad Autónoma de La Rioja, calificadas con anterioridad, es decir, tiene carácter retroactivo, y con posterioridad a la entrada en vigor del Decreto.

El precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil de las viviendas y anejos de promoción pública en segundas o posteriores transmisiones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja será igual al precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil de las viviendas y anejos que, en el momento de la transmisión y con relación al mismo término municipal, sean calificadas provisionalmente como de nueva construcción de régimen especial con destino a venta.

En cuanto al alquiler de las viviendas de promoción pública, podrán acceder a ellas en régimen de arrendamiento quienes cumplan los requisitos establecidos en la normativa sectorial vigente, en el momento de la celebración del contrato de arrendamiento y en el mismo término municipal.

El precio máximo de renta por superficie se igualará al de viviendas y anejos de viviendas de alquiler de promoción pública de régimen especial.

(SERVIMEDIA)
27 Jun 2008
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