PSOE.LOS CANDIDATOS A LAS PRIMARIAS NECESITARAN EL AVAL DEL COMITE FEDERAL Y NO EL 10% DE ESTE QUE PRECISARON BORREL Y ALMUNIA
-Según el documento que debatirá el 1 de febrero el Comité Federal
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Para participar en unas supuestas elecciones primarias para optar a ser el candiato socialista a la Presidencia del Gobierno de España, en los comicios de 2004, será necesario contar con "el aval del Comité Federal" y no con la firma del 10% de sus miembros, como sucedió en las primarias en las que Joaqu¡n Almunia y José Borrel se disputaron la candidatura que recayó en el segundo, según la "normativa reguladora de los cargos públicos", a la que tuvo acceso Servimedia, que será debatida en el Comité Federal del PSOE previsto para el próximo 1 de febrero.
En ese documento se citanlas otras formas de ser candidato en una primarias nacionales: ser propuesto por la mayoría de la Comisión Ejecutiva Federal o reunir apoyos del 10% de los militantes del PSOE.
En el caso de la elección de candidatos a las presidencias autonómicas, para participar en las primarias habrá que tener el apoyo de la Comisión Ejecutiva Regional, el aval del Comité Regional o de nacionalidad o el apoyo del 15% de los afiliados en esa región.
En las elecciones locales, sólo es obligatorio celebrar primaras en los municipios capitales de provincia y de más de 50.000 habitantes. En estos casos, será necesario contar con la mayoría del Comité Local o con el 20% de los militantes.
Todos estos supuestos se refieren a instituciones no gobernadas por el PSOE. Cuando éstas estén en manos socialistas, "sólo se aplicará el sistema de primarias si lo solicita la mayoría del Comité Federal, en el caso de la Presidencia del Gobierno de España; o del Comité Regional correspondiente, en el caso de las CCAA", explic el documento. En el caso de los municipios, debe ser solicitada por el 40% de los militantes.
En el citado documento se señala que "los afiliados del PSOE no podrán desempeñar simultáneamente más de un cargo institucional de elección directa". La excepción a este principio se realizaría a propuesta de la CEF y debe ser ratificada por el Comité Federal, u órganos correspondientes en cada ámbito territorial.
Podrán ser electores los militantes inscritos en el censo federal de afiliados y los simpaizantes con más de seis meses de antigüedad.
DEMOCRACIA PARITARIA
Con respecto a la democracia paritaria en las listas electorales, se establece que ningun sexo puede tener una presencia menor del 40% ni mayor del 60%.
"Esta proporci¢n será aplicable a la composici¢n de las candidaturas electorales, tanto en la integridad de la lista como en el conjunto de puestos sobre los que exista previsión de resultar electos", aclara el documento.
También se señala que las comisiones de listas "oirána JSE al iniciar sus trabajos, con el fin de promover la participación de jóvenes en las candidaturas electorales".
PREFERENTEMENTE EN UGT
En otro de los documentos que se debatirán en el próximo Comité Federal del PSOE, denominado "Estatutos Federales", se dice que las corrientes de opinión se constituirán exclusivamente en el ámbito federal.
La autorización correra a cargo del Comité Federal y será necesario contar con el aval de al menos un 20% de los afiliados socialistas.
Asimismo, sedice que los militantes deben actuar en algún movimiento social y se destaca que si es un sindicato "deberán hacerlo preferentemente en la UGT"
Igualmente, se prohibe a los militantes "prestar su apoyo o participación a manifestaciones promovidas por otras organizaciones expresamente prohibidas por los órganos del partido, o cuya convocatoria encierre contradicción con las resoluciones del Comité Federal".
LIMITACION DE MANDATOS
En este documento se explica que ningún cargo orgánico ejecutivo pdrá ser ocupado por la misma persona durante más de tres mandatos consecutivos.
En el "Reglamento de los Organos Federales de Control", se afirma que la Comisión de Etica podrá requerir "de cualquier afiliado que tenga un papel relevante en el partido o en la sociedad, aún cuando no desempeñe un cargo público o representativo, la presentación de declaraciones sobre su situación patrimonial y actividades económicas, cuando se den situaciones que lo hagan necesario para garantizar ante la sociedad la hoorabilidad de sus afiliados".
Esta comisión "supervisa y controla las situaciones patrimoniales de los afiliados socialistas y las actividades económicas de cargos públicos electos o designados por el PSOE. Asimismo vela por el cumplimiento de las normas sobre incompatibilidades de los cargos públicos que sean afiliados socialistas".
En el "Reglamento de los Afiliados y Afiliadas" se explica la diferencia entre militante y simpatizante y se señala que "si la solicitud de afiliación como militantese realiza por un simpatizante, ésta será automática sin necesidad de cumplir los requisitos necesarios para ser militante, excepto que el solicitante hubiera ostentado con anterioridad la condición de militante, en este supuesto el alta será considerada como nueva y tendrá que cumplir el requisito de seis meses de antigüedad para ejercer los derechos como militante".
También se indica que el pago de la cuota no será mensual, como hasta la fecha, sino que la Comisión Ejecutiva Federal emitirá "dos recbos anuales con el correspondiente cargo bancario, si éste no es abonado se procedera a cursar baja por falta de pago".
Asimismo, en el documento se señala que "los afiliados que tras el proceso de normalización no hubieran adquirido la condición de militante a fecha 1 de marzo de 2002 dispondrán del año en curso para adquirirla".
Por último, el documento titulado "Reglamento federal de Congresos", señala que los requisitos para ser candidato a la Secretaría General del PSOE serán determinados po el Comité Federal convocante del Congreso".
(SERVIMEDIA)
27 Ene 2002
SMO