PROHIBEN LAS INSPECCIONES SORPRESA DE LA BRIGADA ANFRAUDE DE LA UE EN DESPACHOS DE EURODIPUTADOS
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El presidente del Tribunal de Primera Instancia de la UE ha ordenad la supensión provisional de las normas de la Oficina Europea Anti Fraude (OLAF) que permiten a sus agentes penetrar en los despachos de los eurodiputados sin su consentimiento.
La decisión ha sido tomada a raíz de la denuncia interpuesta por 71 parlamentarios, que quieren defender su inmunidad y el desempeño de sus labores. Tras la medida provisional, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas deberá dictaminar si la acepta como permanente.
En 1999, el mismo año en que se creó la OLAF, l Parlamento Europeo y el Consejo acordaron su procedimiento de investigación, aprobando las inspecciones en las instituciones, si informaban previamente de su misión. Sin embargo, los denunciantes critican que la Eurocámara aprobó más tarde una decisión que modificaba este acuerdo.
El juez ha admitido la demanda, al considerar que las inspecciones sorpresa comprometen la inmunidad de los eurodiputados, garantizada en el Protocolo de Privilegios e Inmunidades del 8 de abril de 1965.
En adelante, l Parlamento Europeo deberá informar a los eurodiputados de cualquier misión de la OLAF que les afecte, y ésta sólo podrá inspeccionar sus despachos con el consentimiento expreso de sus ocupantes.
(SERVIMEDIA)
05 Mayo 2000
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