PRESTIGE. EL GOBIERNO APRUEBA UN PAQUETE DE MEDIDAS PARA PALIAR LOS DAÑOS CAUSADOS POR EL "PRESTIGE"

- Los armadores embarcados, tripulantes de pesqueros y mariscadores recibirán unos 1.200 euros mensuales

- Se realizarán capañas de información y promoción de la calidad, seguridad y salubridad de los productos gallegos

- Se reducen las cargas fiscales y de Seguridad Social y se abren líneas especiales de crédito

- Ayudas a pescadores y mariscadores: Se abonarán, a través del Instituto Social de la Marina, ayudas de diez euros diarios a los armadores embarcados, tripulantes de los buques pesqueros y mariscadores en tierra afectados por la paralización de la actividad pesquera. Esta cantidad se unea los treinta euros diarios concedidos por la Xunta de Galicia, con lo que cada afectado podrá obtener una ayuda mensual aproximada de 1.200 euros.

- Reducción en el IRPF y en el IVA: Los contribuyentes del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas cuya atividad haya resultado afectada podrán solicitar la reducción de los signos, índices y módulos aplicables a la misma. Se podrá solicitar la reducción de los índices o módulos para el cálculo de las cuotas devengadas por operaciones corrientes en el Régimen Simplificado del IVA.

- Beneficios fiscales: Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) que realicen trabajos directamente relacionadas con la práctica de actividades pesqueras, el marisqueo o la acuicultura, que se encuentrn paralizadas como consecuencia de las medidas de prohibición de pesca derivadas del accidente, reducirán el IAE correspondiente al ejercicio 2002.

- Líneas preferenciales de crédito: El Instituto de Crédito Oficial instrumentará dos operaciones de préstamos, por un importe total de 200 millones de euros (100 millones cada una), para anticipar la reparación o reposición de las instalaciones industriales, pesqueras, acuícolas o marisqueras, incluido el arte y el resto de material de pesca.

- Medidas laborales: Los expedientes de regulación de empleo que se tramiten como consecuencia de los efectos derivados del accidente del buque podrán dar lugar a la suspensión o extinción de los contratos laborales y a la reducción tempora de la jornada de trabajo.

- Promoción de productos pesqueros de Galicia: El Gobierno, de forma coordinada con la Comunidad Autónoma de Galicia, instrumentará los créditos necesarios para la realización de campañas de información y promoción de la calidad, seguridad y salubridad de los productos de la pesca, la acuicultura y el marisqueo procedentes de Galicia.

- Declaración de zona de actuación especial: El real decreto-ley faculta a los titulares de los ministerio competentes para declarar zona de actuación especial las áreas afectadas, con el objetivo de que éstos departamentos puedan llevar a cabo las restauraciones que procedan. Asimismo, se declaran de emergencia las obras a ejecutar para reparar los daños causados.

- Régimen de contratación: Tendrán la consideración de obras, servicios, adquisiciones o suministros de emergencia los de reparación o mantenimiento del servicio de infraestructuras y equipamientos, así como las obras de reposición de bienes pejudicados por la catástrofe.

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy un real decreto-ley por el que se adoptan diferentes medidas destinadas a paliar los efectos derivados del accidente del buque "Prestige", entre las que figuran ayudas a armadores, pescadores y mariscadores afectados por el cese de acividad, reducción de cargas fiscales y de Seguridad Social y la apertura de líneas especiales de crédito para empresas y particulares.

El real decreto-ley contempla también la realización, en colaboración con la Xunta de Galicia, de campañas de información y promoción de la calidad, seguridad y salubridad de los productos de la pesca, la acuicultura y el marisqueo procedentes de dicha comunidad.

Estas iniciativas se llevarán a cabo sin perjuicio de las acciones concretas que se desarrollen en colboración con otras Administraciones afectadas y de las actuaciones puntuales que ponga en marcha la Comisión Interministerial sobre el "Prestige".

Las principales medidas contempladas en el real decreto-ley son:

- Ayudas a pescadores y mariscadores: Se abonarán, a través del Instituto Social de la Marina, ayudas de diez euros diarios a los armadores embarcados, tripulantes de los buques pesqueros y mariscadores en tierra afectados por la paralización de la actividad pesquera. Esta cantidad se unea los treinta euros diarios concedidos por la Xunta de Galicia, con lo que cada afectado podrá obtener una ayuda mensual aproximada de 1.200 euros.

El período máximo de concesión de estas ayudas será de seis meses, aunque la Comisión Interministerial para el seguimiento de los daños causados por el accidente del "Prestige" podrá prorrogar estas ayudas por el tiempo que resulte necesario.

- Reducción en el IRPF y en el IVA: Los contribuyentes del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas cuya atividad haya resultado afectada podrán solicitar la reducción de los signos, índices y módulos aplicables a la misma. Se podrá solicitar la reducción de los índices o módulos para el cálculo de las cuotas devengadas por operaciones corrientes en el Régimen Simplificado del IVA.

- Beneficios fiscales: Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) que realicen trabajos directamente relacionadas con la práctica de actividades pesqueras, el marisqueo o la acuicultura, que se encuentrn paralizadas como consecuencia de las medidas de prohibición de pesca derivadas del accidente, reducirán el IAE correspondiente al ejercicio 2002.

Esta reducción será proporcional al tiempo transcurrido desde el cese de la actividad hasta su reinicio en condiciones de normalidad. Aquellos que, teniendo derecho a este beneficio, hubieran satisfecho ya los recibos correspondientes al ejercicio fiscal 2002, podrán pedir la devolución de las cantidades correspondientes. La disminución de ingresos que est medida pueda producir en ayuntamientos o diputaciones será compensada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

- Líneas preferenciales de crédito: El Instituto de Crédito Oficial instrumentará dos operaciones de préstamos, por un importe total de 200 millones de euros (100 millones cada una), para anticipar la reparación o reposición de las instalaciones industriales, pesqueras, acuícolas o marisqueras, incluido el arte y el resto de material de pesca.

Una de estas operaciones se instrmentará, a un tipo de interés del 1,75 por 100 TAE, como préstamos directos a personas físicas, así como a pequeñas y medianas empresas, por un plazo de un año prorrogable. En la segunda, cuyo tipo final para el prestatario será del 0 por 100, se utilizará la mediación de las entidades financieras con implantación en la Comunidad Autónoma de Galicia. Las operaciones de préstamo concedidas por estas entidades estarán dirigidas a las personas físicas o jurídicas afectadas, y tendrán, asimismo, un plazo de unaño.

Al mismo tiempo, el Gobierno ha puesto en marcha los mecanismos necesarios para abrir las vías de posibles reclamaciones por daños y gastos previstas en el Fondo Internacional de Indemnización de Daños debidos a la Contaminación por Hidrocarburos (FIDAC).

- Medidas laborales: Los expedientes de regulación de empleo que se tramiten como consecuencia de los efectos derivados del accidente del buque podrán dar lugar a la suspensión o extinción de los contratos laborales y a la reducción tempora de la jornada de trabajo.

La Tesorería General de la Seguridad Social podrá conceder al empresario una bonificación del 100% en el pago de sus cuotas a la Seguridad Social mientras estén en vigor las medidas de prohibición de pesca y marisqueo.

En los expedientes de regulación de empleo en que se resuelva favorablemente la suspensión temporal de contratos o la reducción de la jornada de trabajo, la autoridad laboral podrá autorizar que el tiempo en que se reciban las prestaciones no se compute aefectos de consumir los períodos máximos de percepción establecidos. En caso de extinción del contrato, las indemnizaciones de los trabajadores correrán a cargo del Fondo de Garantía Social.

Se establece una bonificación del 100 por 100 en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social de los empresarios y trabajadores por cuenta propia dedicados a la actividad de pesca, marisqueo o acuicultura, incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores del Mar o, en su caso, en elRégimen General, que hayan visto paralizada su actividad.

- Promoción de productos pesqueros de Galicia: El Gobierno, de forma coordinada con la Comunidad Autónoma de Galicia, instrumentará los créditos necesarios para la realización de campañas de información y promoción de la calidad, seguridad y salubridad de los productos de la pesca, la acuicultura y el marisqueo procedentes de Galicia.

- Declaración de zona de actuación especial: El real decreto-ley faculta a los titulares de los ministerio competentes para declarar zona de actuación especial las áreas afectadas, con el objetivo de que éstos departamentos puedan llevar a cabo las restauraciones que procedan. Asimismo, se declaran de emergencia las obras a ejecutar para reparar los daños causados.

- Régimen de contratación: Tendrán la consideración de obras, servicios, adquisiciones o suministros de emergencia los de reparación o mantenimiento del servicio de infraestructuras y equipamientos, así como las obras de reposición de bienes pejudicados por la catástrofe.

Se incluyen, entre las infraestructuras, las portuarias, costas, dominio público marítimo-terrestre y cualquier otro bien de titularidad estatal afectado.

Estas medidas que adoptadas por el Gobierno no suponen en ningún caso un reconocimiento de responsabilidad del Estado en los daños ocasionados por el buque y se adoptan sin perjuicio del derecho que asiste al Estado para reclamar a los responsables el importe de las indemnizaciones que correspondan.

(SERVIMEDIA)
02 Nov 2002
CAA