LOS PORTEROS CONSIGUEN LIBRAR SABADO Y DOMINGO ENTEROS, EN EL CONVENIO PARA LA COMUNIDAD DE MADRID

MADRID
SERVIMEDIA

Los porteros y porteras han conseguido el derecho a librar 48 horas seguidas, preferentemente en sábados y domingos, en el convenio laboral de empleados de fincas urbanas para la Counidad de Madrid que acaba de entrar en vigor este año.

Hasta ahora, los porteros, conserjes, vigilantes y demás empleados de las fincas urbanas tenían derecho a librar el sábado por la tarde y el domingo, y a acumular quincenal o mensualmente el medio día trabajado en fin de semana.

El convenio, a cuyo texto tuvo acceso Servimedia, ha sido suscrito por la Cámara de la Propiedad Urbana de Madrid y los sindicatos UGT, CCOO y Sindicato Independiente de Trabajadores de Fincas Urbanas (Siftu).

L jornada de trabajo queda fijada en 40 horas a la semana. El salario base mínimo para porteros y conserjes asciende para el 2002 a 433,45 euros más el IPC interanual al 30 de noviembre del año 2001, que fue del 2,7%. En el 2003, el salario base mensual subirá lo mismo que el IPC interanual a noviembre del 2002.

Fuentes de los administradores de fincas explicaron a Servimedia que, entre las principales novedades del convenio, figuran el descanso todo el fin de semana y la creación de una comisión sectoial de seguridad y salud laboral.

En el capítulo de ropa de trabajo, el convenio establece que los propietarios de la finca podrán decidir sobre uniformar o no al empleado. En caso de que lo hagan, deberán sufragar el uniforme, pagando cada dos años una uniformidad de verano (dos pantalones o falda, dos camisas, cuatro pares de calcetines o medias, un par de zapatos y una corbata) y otra uniformidad de invierno, compuesta por las mismas prendas, pero adecuadas para el frío.

A porteros, consejerosy vigilantes de garaje hay que proveerles, además, de mozo, buzo y bata, un par de zapatillas deportivas, y "tantos pares de guantes de goma como precise", según establece el convenio. Los jardineros recibirán anorak; mono, buzo o prenda similar; un par de botas de agua, y guantes.

Las obligaciones de porteros y conserjes enumeradas en el convenio son nueve. Incluyen la limpieza y conservación de "portal, portería, escaleras, pasillos, patios, sótanos y demás dependencias que tengan acceso por element común"; la vigilancia de todas estas dependencias; la atención "con toda amabilidad" a las personas que soliciten información sobre pisos y locales vacíos; "la puntual apertura y cierre del portal, así como el encendido y apagado de las luces de los elementos comunes"; y cumplimentar los encargos y avisos del presidente de la comunidad de vecinos o del administrador.

También se encargarán los porteros de informar a la propiedad situaciones irregulares, como "ocupaciones clandestinas o traspasos fraudlentos"; del encendido, mantenimiento y apagado de los servicios de calefacción; del cuidado de los cuartos de contadores y motores de las entradas de energía eléctrica; y del traslado de los cubos colectivos de basura hasta el lugar fijado por la ordenanza municipal, sin que eso incluya la recogida de las bolsas de basura en la puerta de cada vecino, algo "que será objeto de pacto con la propiedad".

(SERVIMEDIA)
19 Ene 2002
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