PINOCHET. GARZON RECHAZA LA PERSONACION DEL EX DICTADOR EN LA CAUSA QUE SE SIGUE CONTRA EL
- El magistrado le dio el pasado día 6 de septiembre un plazo de 20 días para presentarse en Madrid si quería personarse
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El magistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón denegó hoy al ex dictador chileno Augusto Pinochet su personación en la causa abierta contra él por la desaparición y assinato de españoles durante la dictadura chilena, al no haberse presentado en Madrid en el plazo de 20 días que le había otorgado para ello.
En un auto hecho público hoy, el magistrado rechaza el recurso de la defensa del ex dictador contra la providencia, fechada el pasado 6 de septiembre, por la que daba al ex dictador 20 días para que se presentase en Madrid. En ella, Garzón recordaba a los abogados de Pinochet que para tenerle por parte -tal y como establece la legislación penal española-, es "peronalísimo e indelegable" que el interesado "se halle a disposición efectiva de la Autoridad Judicial".
Garzón rechaza el argumento de los abogados del ex dictador de que el plazo que dió para la personación de Pinochet constituya una "grave indefensión" para éste. El juez añade que lo que pidió "es algo tan elemental como que ponga al procesado a disposición del juzgado, para que pueda continuarse el proceso regularmente".
El auto de Garzón añade que cuando el imputado pretende formar parte del poceso sin estar físicamente presente en el país en el que se le investiga, "pudiendo hacerlo", se incumple el principio de igualdad de las partes y de no dilación del proceso. Añade que "la instrumentalización del proceso penal es algo incompatible con las reglas básicas que regulan el mismo".
El magistrado explica que los únicos medios de los que dispone para conseguir que el imputado se someta a su jurisdicción son la entrega tras el proceso de extradición o la decisión del propio reclamado de presetarse en Madrid.
"El procesado tiene en sus manos la posibilidad de estar o no a disposición de la jurisdicción española", prosigue Garzón, pero "está haciendo todo aquello que considera de interés a su derecho para no ser entregado a España para su enjuiciamiento".
En este sentido, subraya que "lo que no puede pretender el recurrente es constituirse una especie de situación de privilegio espúrio, que le permita instrumentalizar el proceso penal a su antojo, sin hallarse sometido a la jurisdicció española como exige la ley".
De esta forma, el ex dictador no podrá tomar parte en el proceso que sigue la Audiencia Nacional hasta el momento en que la jurisdicción británica conceda su extradición a España. Si la deniega, el proceso "quedaría inerte", ya que Pinochet no estaría a disposición de la justicia española.
No obstante el hecho de que Pinochet no estuviera presente físicamente en España, no impide que el juez Garzón continúe instruyendo la causa abierta contra el ex dictador, según funtes jurídicas.
(SERVIMEDIA)
01 Oct 1999
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