PAIS VASCO. SEIS NORMAS SE VERAN MODIFICADAS POR LA LEY DE REFUERZO DE LA SEGURIDAD DE LOS CONCEJALES

MADRID
SERVIMEDIA

Seis normas se verán modificadas como consecuencia de la ley que reforzará la seguridad de los concejales vascos, que fue admitida a trámite hoy en el Congreso sin ningún voto en contra.

Las normas reformadas serán la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, el Código Penal, la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad el Estado y la Ley de Financiación de Partidos Políticos.

La ley para reforzar la seguridad de los concejales plasma el acuerdo alcanzado el pasado 3 de octubre por PP y PSOE en el seno del Pacto Antiterrorista, en una reunión en la que acordaron crear un fondo económico de 3 millones de euros a cargo de los Presupuestos Generales del Estado que, a partir del 2003. Ese dinero se destinará a los partidos políticos con cargos amenazados por el terrorismo para compensar sus "gastos extraordinarios de segridad".

DISOLVER AYUNTAMIENTOS

Una de las principales medidas previstas es la capacidad del Consejo de Ministros de "disolver" los Ayuntamientos que, "adopten acuerdos o desarrollen actuaciones tendentes a dar cobertura o a justificar el terrorismo, o a quienes participen en su ejecución, lo enaltezcan o justifiquen, o menosprecien a las víctimas o a sus familiares". La introducción de esta posibilidad requiere la modificación del artículo 183 de la LOREG.

El proceso tiene dos condiciones: la pesta en conocimiento previo al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente y el visto bueno del Senado. La Diputación Provincial se hará cargo del gobierno de dicha localidad hasta la celebración de las siguientes elecciones municipales.

Asimismo, la norma cuyo trámite se aprobó hoy reformará el Código Penal para castigar con una pena de prisión de "seis meses a un año" a quienes calumnien, injurien, coaccionen, amenacen o impidan el libre acceso de los concejales a los plenos.

L reforma de la Ley de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado permitirá que los policías locales o autonómicos que desempeñen tareas de escolta puedan salir, acompañando a su protegido, fuera sus ámbitos territoriales.

IMPEDIR QUE GOBIERNE BATASUNA

El proyecto de ley viene a reforzar el pacto entre PP y PSOE para impedir que Batasuna gobierne en los Ayuntamientos del País Vasco y Navarra, y prestende impedir que los concejales que se niegan a condenar el terrorismo lleguen a asumir cualquier tipo e responsabilidad.

Los cambios en la Ley de Enjuiciamiento Criminal facilitará que los ayuntamientos puedan personarse en los procesos penales derivados de delitos o faltas cometidos contra concejales de fuerzas políticas democráticas por apología de terrorismo. Igualmente, se pretende impedir en las corporaciones locales con mayoría de fuerzas democráticas que los concejales que no condenen el terrorismo ostenten ningún tipo de responsabilidad municipal fuera de su condición de concejal.

La ley revé la sustitución de concejales cuando se agote una lista municipal. Así, se suprimirá la obligatoridad de presentar tres suplentes en las listas y, en caso de que se presenten, los partidos podrán incluir 10 nombres, y no 3, como está establecido en la actualidad. Si la candidatura oficial se agota, incluidos los suplentes, las vacantes podrán cubrirse a propuesta del partido representado.

Además, se eliminará el requisito de residencia para los interventores electorales, de manera que los partidospuedan designar interventores de otras circunscripciones distintas a las que pertenezcan como electores y mejorar así los mecanismos de "control" del proceso electoral en el País Vasco.

INELEGIBILIDAD DE CONDENADOS

Además, establece que ninguna persona condenada, incluso cuando la sentencia no sea firme, por delitos de rebeldía contra las instituciones del Estado o de terrorismo puedan presentarse a unas elecciones y ser elegidas, mediante la modificación de la Ley Orgánica de Régimen Electoral Geneal.

Tanto PP como PSOE se mostraron convencidos de la constitucionalidad de esta norma, puesto que un supuesto similar está establecido para las personas condenadas por delitos de sangre, aún cuando la sentencia no sea firme. Tampoco los administradores electorales podrán ser personas condenadas por los dos supuestos citados anteriormente.

Asimismo, se establece una nueva regulación de las subvenciones por gastos electorales, de manera que queden excluidos todos los partidos, federaciones, coalicones o agrupaciones electorales que con su actividad promuevan, alienten o justifiquen el terrorismo o humillen a las víctimas. Esta es una norma complentaria de la establecida en la Ley de Partidos Políticos, que sólo limita la financiación a las organizaciones con forma jurídica de partido.

La retirada de subvenciones tendrá que adoptarse a iniciativa de la institución pagadora, que en unos casos puede ser el Estado, o la comunidad autónoma o las diputaciones forales. En caso de que el gobierno autóomo se resista a la aplicación de esta norma, PP y PSOE presentarán iniciativas en ese sentido en el Parlamento vasco o en las instituciones correspondientes.

(SERVIMEDIA)
29 Oct 2002
SGR