LOS PACIENTES QUE SE SOMETAN A UNA ANESTESIA DEBERAN ASUMIR POR ESCRITO LOS RIESGOS QUE CONLLEVA ESTE PROCESO
-El Insalud, en contra de la sentencia del Tribunal Supremo, desaconseja la realizaión sistemática de pruebas alérgicas de fármacos anestésicos
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Los pacientes que deban someterse a una anestesia general o local para ser intervenidos deberán firmar un consentimiento informado, en el que se explica el proceso y los riesgos que conlleva la aplicación de estos fármacos, según la resolución adoptada por la Dirección General del Insalud.
En la elaboración de estas instrucciones elaboradas para los anestesistas y alergólogos de sus hospitales, el Insald ha seguido los criterios científicos de la Sociedad Española de Anestesiología y Reanimación, y básicamente desaconseja la realización sistemática de estudios alergológicos de fármacos anestésicos a los pacientes que deban ser intervenidos.
Según fuentes sindicales, en los últimos días un número importante de anestesistas habían paralizado la actividad quirúrgica en algunos centros del Insalud, al encargar estudios alergológicos para todos los pacientes que debían ser operados.
Esta actitud fueprovocada por una sentencia del Tribunal Supremo, que condenó a un anestesista asturiano a 6 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio por un delito de imprudencia.
La anestesista condenada no realizó pruebas a una paciente que a consecuencia de la utilización de estos fármacos sufrió una parálisis funcional del 46 por ciento.
El subdirector general de Relaciones Internas del Insalud, el doctor José Manuel Rodríguez Roldán, afirmó a Servimedia que estas instrucciones son un primer paso,ya que en los próximos meses realizarán en colaboración con la sociedad científica un protocolo de actuación para los pacientes que necesiten anestesia.
"En segundo lugar", añadió, "estableceremos líneas de información entre profesionales del mundo de la justicia y de la sanidad para que se comuniquen y se formen mutuamente".
Por último, desarrollarán un sistema más "ágil y administrativo" de actuación en casos de demanda o reclamación, "de forma que la responsabilidad pueda ser reclamada por la ía contencioso-administrativa a la Administración y no tanto por la vía penal al propio facultativo", dijo.
(SERVIMEDIA)
05 Jul 1994
EBJ