LAS OPERADORAS TELEFÓNICAS NO PODRÁN CORTAR EL SERVICIO A LOS CLIENTES POR EL IMPAGO DE LLAMADAS A NÚMEROS "800"
- El borrador de la carta de derechos establece que las portabilidades deberán realizarse en menos de dos días
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EL Ministerio de Industria, Turismo y Comercio presentó hoy al Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (Catsi) el borrador de la nueva carta de derechos de los usuarios, en la que establece que las compañías no podrán cortar el servicio a los clientes por el impago de las llamadas a números de tarificación adicional, los conocidos como "800".
El borrador de esta carta establece que las facturas telefónicas deberán incluir, en el caso de que la misma compañía opere ambos servicios, los recibos por el servicio telefónico fijo y móvil de forma conjunta.
Además, deberá separar los cargos por otros servicios distintos de los de voz habitual, como los de tarificación adicional, los números "803", "806", "807" o los mensajes de texto "premium", de modo que no puedan cortar el servicio telefónico por el impago de estos gastos.
Por otro lado, recoge que los operadores deberán realizar los cambios de una compañía a otra, las portabilidades, en un plazo máximo de dos días.
Según el borrador de la carta, que tendrá forma de Real Decreto, estos procesos "deberán realizarse en un plazo máximo de dos días" y, además, no será necesario que el cliente que cambió de compañía se dé de baja en su antiguo operador.
La nueva carta de derechos de los consumidores establece que cuando el antiguo operador detecte que el usuario se ha dado de alta en otra compañía, deberá darle la baja de forma automática y no seguir facturándole.
Asimismo, el borrador establece 15 aspectos que deben figurar obligatoriamente en todos los contratos, con el objetivo de garantizar la mayor información posible para los usuarios.
Además, los operadores no podrán modificar las condiciones que aplican a sus clientes si ese cambio no está expresamente previsto en el contrato, y deberán avisar a los usuarios con un mes de antelación.
El operador deberá también ofrecer a los usuarios al menos dos modalidades de pago de entre las más utilizadas, de modo que el abonado pueda optar entre varias opciones, evitando que la domiciliación bancaria sea impuesta como único medio.
(SERVIMEDIA)
18 Jul 2008
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