OFRECER UNA "RAYA" DE COCAINA ES DELITO SI EL INVITADO NO ES ADICTO, SEGUN EL TRIBUNAL SUPREMO
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Ofrecer a uno o varios amigos una "raya" de cocaína será considerado delito, si no se acredita que los invitados son adictos a este tipo de consumo, según una sentencia del Tribunal Supremo a la que hatenido acceso Servimedia.
La resolución refiere el caso del dueño de un bar que, después de invitar a algunos amigos a varias botellas de whisky, y tras ingerir con ellos algunas pastillas, al parecer de "extasis", les invitó "a esnifar cocaína, consumiendo todos ellos varias 'rayas' de dicho estupefaciente".
El Supremo recuerda que no existe delito si se "proporciona pequeñas cantidades de droga" a alguien que ya es drogadicto, con la única idea de ayudarle en la deshabituación o para impedir lo riesgos de un posible síndrome de abstinencia.
Pero en este caso, según el Alto Tribunal, se trata de la "invitación a varios amigos para consumir cocaína dentro del entorno de lo que es una reunión festiva de carácter esporádico", en la que, además, alguno de los invitados nunca había probado la cocaína, con el correspondiente riesgo para su salud.
El acto de invitación incumple la legislación que considera que ofrecer drogas atenta contra la salud pública (en este caso de uno o varios individus), que accedieron por primera vez al consumo de sustancias estupefacientes, con el correspondiente riesgo para su salud.
La sentencia ratifica así la doctrina establecida que afirma que "la invitación gratuita al consumo (de droga) es en principio delictiva", máxime si los invitados no son drogodependientes.
No obstante, el Alto Tribunal considera que, "excepcionalmente", el consumo compartido entre adictos a la droga "puede ser impune por la insignificancia penal de tal conducta y porque en ests casos se trata de una modalidad de autoconsumo no punible", pero advierte de que estas situaciones deben ser tratadas con "la mayor cautela y prudencia".
(SERVIMEDIA)
04 Feb 1999
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