LA OCU DENUNCIA JUDICIALMENTE A BBVA, SCH, BANKINTER Y CAJA MADRID POR 17 CLAUSULAS PRESUNTAMENTE ABUSIVAS DE SUS CONTRATOS

- Si la sentencia es favorable a la OCU, "habrá un antes y un después de la sentencia en los contratos bancarios"

MADRID
SERVIMEDIA

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado en el juzgado de primera instancia de Madrid a las entidades SCH, BBVA, Bankinter y Caja Madrid para que cesen de incluir en sus contratos un total de 1 cláusulas presuntamente abusivas y, por lo tanto, nulas.

La acción judicial tiene un alcance general, ya que si la sentencia firme es favorable a la organización de consumidores las entidades financieras no sólo no podrán aplicar esas cláusulas a todos los contratos vigentes, sino que deberán modificar los contratos futuros para que se vean libres de estas condiciones ilegales.

Según señaló hoy el director de la OCU, José María Múgica, en rueda de prensa, "si se consigue lo que pretendemos, habr un antes y un después de esta sentencia, porque los contratos de las entidades bancarias tendrán que ser radicalmente distintos al no poder contener ninguna de estas condiciones, que desde nuestro punto de vista son absolutamente desequilibradoras de la relación".

Una de las cláusulas cuestionada es la que exime de responsabilidad a la entidad en caso de robo o pérdida de cheques, porque el banco tiene la obligación de contrastar la firma de los cheques que se le presentan.

Otra condición nula,juicio de la OCU, es la que, en los contratos de banca electrónica, exime de responsabilidad a la entidad por fallos en los sistemas informáticos. Es decir, el consumidor siempre pagaría el pato.

Igualmente, en los contratos de tarjetas, aunque la responsabilidad del usuario está limitada en caso de una utilización fraudulenta de la tarjeta por robo o pérdida, en muchos casos se establecen requisitos que convierten al final al usuario en perjudicado por el robo o pérdida de la tarjeta sin límite de dnero.

También es abusivo, según la organización, que los contratos de préstamo dejen al banco la posibilidad de disolver anticipadamente el contrato por motivos ajenos a la esencia del mismo, por ejemplo, por estimar que ha disminuido la solvencia del usuario aunque éste pague puntualmente.

Otras condiciones presuntamente abusivas son que el contrato remita a unas tarifas genéricas, que no se detallan en el contrato; las que imponen al consumidor todos los gastos en caso de llegar a la vía judicil o la obligación de someterse a determinados tribunales de justicia.

(SERVIMEDIA)
16 Ene 2003
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